DOCUMENTO DE ANÁLISIS ELABORADO POR LAS ORGANIZACIONES DE LA SOCIEDAD CIVIL MEXICANA EN EL MARCO DEL DIÁLOGO DE ALTO NIVEL 2020

Organizaciones que participaron en la redacción y envío de insumos:

Amnistía Internacional México; Article 19 México; Asistencia Legal por los Derechos Humanos (Asilegal); Centro de Derechos Humanos Fray Bartolomé de las Casas (Frayba); Centro de Derechos Humanos Fray Matías de Córdova; Centro de Derechos Humanos Miguel Agustín Pro Juárez; Centro de Derechos Humanos de la Montaña Tlachinollan; Comunicación e Información de la Mujer (CIMAC); Comisión Mexicana de Defensa y Promoción de Derechos Humanos (CMDPDH); Consorcio para el Diálogo Parlamentario y  la Equidad Oaxaca A.C.; Equis Justicia para las Mujeres; Espacio OSC; Fundación Arcoiris; Grupo de información en reproducción elegida (GIRE); I(dh)eas Litigio Estratégico; Instituto Mexicano de Derechos Humanos y Desarrollo (IMDHD); Instituto de Estudios en el Proceso Penal Acusatorio (INEPPA); Movimiento Sueco por la Reconciliación (SweFOR México); Peace Brigades International México (PBI México); Proyecto sobre Organización, Desarrollo, Educación e Investigación (PODER); Red por los Derechos de la Infancia en México (REDIM); Red Nacional de Organismos Civiles de Derechos Humanos “Todos los Derechos para Todas y Todos” (Red TDT); Servicios y Asesoría para la Paz A.C. (Serapaz); Servicio Internacional para la Paz (Sipaz)

Introducción

            El presente documento tiene el objetivo de hacer un balance respecto a los desafíos existentes en materia de respeto y promoción de los derechos humanos en México, así como presentar recomendaciones específicas formuladas por Organizaciones de la Sociedad Civil, que esperamos que el Estado Mexicano y los Estados miembros de la Unión Europea puedan adoptar.

            El contexto actual es clave. Se ha anunciado la conclusión de las negociaciones de un nuevo Acuerdo Global Unión Europea-México, lo que da pie a una nueva etapa en la relación bilateral, en donde creemos que tanto los derechos humanos como la participación de la sociedad civil deben ser parte de los procesos de  asociación estratégica. Además, la situación post-pandemia por el COVID-19 nos obliga a repensar respuestas estructurales no solo de reconstrucción sino también para consolidar el Estado de Derecho, la democracia y el respeto a los derechos humanos.

  1. Estado de Derecho

Las preocupaciones respecto al Estado de Derecho en México se reflejan en la persistente crisis en materia de derechos humanos, sobre la que nos referiremos en particular en el tema de desaparición, sumada a los obstáculos en el acceso a la justicia que han mantenido niveles importantes de impunidad, así como la continuidad de una estrategia militarizada, temas que abordaremos a continuación.

1.a Desaparición de personas

De acuerdo con las últimas cifras del Registro Nacional de Datos de Personas Extraviadas o Desaparecidas, al 31 de diciembre de 2019 existían 61.637 personas «desaparecidas o no localizadas», de las cuales 15,853 son mujeres y 11,072 niñas, niños y adolescentes[1]. El 97% de las desapariciones ocurrieron entre 2006 y 2019, es decir, en el contexto de militarización de la seguridad pública[2]. En los 13 meses correspondientes a la administración de López Obrador, se registraron 9.164 casos, lo que da cuenta de la continuidad de la problemática. Preocupan las inconsistencias y falta de actualización de la información proporcionada por las autoridades[3]. El propio Comité contra las Desapariciones Forzadas y el Comité de Derechos Humanos de la ONU manifestaron su preocupación ante la generalización persistente de la desaparición en contextos de impunidad.[4]

Pese a la entrada en vigor de la Ley General en materia de desaparición de personas (noviembre de 2017), y con ella la creación de la Fiscalía Especializada (febrero de 2018) y de la Comisión Nacional de Búsqueda (abril de 2018), aún no se han observado cambios de prácticas en materia de prevención, investigación, sanción y reparación integral de este delito. Preocupa particularmente la resistencia de gobiernos estatales, pues hasta el momento 17 entidades federativas siguen sin armonizar su marco normativo local en la materia. En un reciente evento, Alejandro Encinas, Subsecretario de Derechos Humanos de la SEGOB, sostuvo que existen “resistencias” por parte de las Fiscalías estatales[5].

El gobierno ha reconocido la acumulación de más de 37.000 cuerpos en los servicios forenses a la espera de ser identificados y la localización de 3,631 fosas clandestinas entre el 2006 y el 2019[6]. Los servicios forenses se encuentran saturados, desprovistos de los recursos humanos, económicos y técnicos necesarios para identificar los cuerpos acumulados y aquellos que arriban a diario. En muchos casos persisten malas prácticas y un trato indigno hacia las familias en los procesos de entrega de cuerpos o restos.

El pasado 19 de marzo se publicó el Acuerdo por el que se crea el Mecanismo Extraordinario de Identificación Forense, que aún está en vías de implementación, bajo un proceso que ha sido más lento de lo previsto, dejando ver una voluntad política dispar de parte de las instituciones involucradas.

Sumado a lo anterior, investigaciones arrojan la existencia de problemáticas prexistentes a la crisis sanitaria por COVID-19 derivadas de las brechas sociales que imperan en México[7], así como del incumplimiento del Estado mexicano con su obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos de las víctimas reconocidos en la Ley General de Víctimas. Dichas problemáticas, aunadas a la ausencia de medidas urgentes de contención para enfrentar y prevenir sus efectos sobre las familias de personas desaparecidas, se ven agudizadas en el contexto de la pandemia por COVID-19, afectando de forma desproporcionada sus derechos económicos, sociales y culturales, así como sus derechos a la verdad y acceso a la justicia.

Recomendaciones:

  • México: Asegurar la implementación adecuada de la Ley General en materia de desaparición de personas a nivel federal y su armonización en las entidades federativas, especialmente buscando atender la crisis forense mediante la implementación del Mecanismo Extraordinario de Identificación Forense y realizar a la brevedad las gestiones para el reconocimiento de la competencia del Comité CED para recibir peticiones individuales y programar su primera visita a México.
  • Unión Europea: Acordar con el gobierno mexicano la implementación de proyectos de cooperación técnica y financiera para atender la crisis forense e implementar el Mecanismo Extraordinario de Identificación Forense, así como dar seguimiento a la implementación de la Ley General.

1.b Impunidad, acceso a la justicia y transparencia

La impunidad es una de las preocupaciones más grandes para la vigencia de los derechos humanos que lamentablemente ha mantenido muchas inercias pasadas y que perpetúa la violencia y las violaciones a derechos humanos, impactando de manera diferenciada a sectores en condición de vulnerabilidad o desigualdad social o económica.[8]

En materia de desaparición forzada y desaparición cometida por particulares, los retos en las investigaciones (caracterizadas por no realizar análisis de contexto, no investigar a superiores jerárquicos, deficiencias en la confronta de restos y falta de debida diligencia[9]), han impedido el acceso a la verdad y la justicia para las víctimas. Entre 2006 y 2018,  nivel federal se han llevado a juicio 19 casos y se reportan únicamente 31 sentencias condenatorias[10], mientras en el fuero común se reportan tan solo 28 sentencias[11]. En materia de tortura, a pesar de la generalización de estas graves violaciones, únicamente se reportan 36 sentencias federales de 2013 a 2018 en materia de tortura. 

Ante el Examen Periódico Universal se reportó que de 5,824 delitos cometidos contra personas migrantes sólo existe información de sentencias en el 0.84% de los casos. Sumado al aumento de casos de feminicidio y otros delitos cometidos en agravio de mujeres[12], que han ido en aumento, sin que se realicen investigaciones con debida diligencia y perspectiva de género y aseguren sanciones y sin que se asegure un presupuesto adecuado para la investigación. En este contexto, preocupa la limitada cantidad e incluso reducción de recursos destinados a la justicia.[13]

Además, persisten retos para la adecuada implementación del sistema de justicia penal acusatorio, manteniéndose casos de detenciones arbitrarias sin adecuada revisión judicial en casos de flagrancia y fabricación de pruebas, a lo que se suman reformas violatorias a los derechos humanos como la que amplía la lista de delitos que ameritan prisión preventiva oficiosa (que aplique de manera automática y no de acuerdo al análisis de juez en cada caso), lo que incentiva las detenciones arbitrarias y las investigaciones deficientes, sobre todo de personas en situación de pobreza.

Aún persisten numerosos obstáculos que impiden el pleno acceso de las víctimas de delitos y violaciones a los derechos humanos a sus derechos reconocidos en la Ley General de Víctimas, en vigor desde enero de 2013. Entre otros aspectos que propician esta crisis, se pueden señalar la ausencia de una política integral de atención a víctimas, la falta de articulación y coordinación entre las instituciones que integran el Sistema Nacional de Atención a Víctimas (SNAV), así como la lenta y deficiente implementación de la Ley en las entidades federativas, en particular debido a la escasez de recursos financieros, humanos y técnicos de las comisiones locales de atención a víctimas[14].

Las prácticas discriminatorias en el sistema de justicia impiden de manera significativa el acceso a la justicia, en especial para las personas que históricamente han sido vulneradas en sus derechos. Durante la pandemia se intensificó esta situación, ya que las medidas que adoptaron los Poderes Judiciales no fueron adecuadas y no informaron de forma accesible a todas las personas sobre lo que implicaba la suspensión del servicio de impartición de justicia, sólo anunciaron que atenderían los casos que consideraran de urgencia. Sin embargo, no se pronunciaron respecto al funcionamiento de las unidades de transparencia y restricción de la publicidad y transparencia de las audiencias orales. 

El derecho de acceso a la información se vio afectado por las medidas establecidas durante la contingencia: 1. No todos los acuerdos establecen de manera específica si las funciones administrativas se encontraban suspendidas. 2. No especificaron si las unidades de transparencia respectivas suspenderán labores, o si trabajarán a distancia, y 3. No quedó claro si la suspensión de plazos y términos también incluía los plazos para dar respuestas a solicitudes de acceso a la información. Además, de los acuerdos se desprende que al menos 22 Poderes Judiciales restringieron la publicidad de las audiencias, lo cual implicó que no existiera la posibilidad de que la ciudadanía revisara la labor de jueces durante la crisis sanitaria[15].

Sumado a lo anterior, en México, hasta el 22 de junio de 2020 se cuentan al menos 757 contagios y 114 defunciones por COVID-19 en el sistema penitenciario[16]. El entorno de encierro, la sobrepoblación, la falta de ventilación adecuada, y la dificultad o imposibilidad de implementar medidas adecuadas de sana distancia, higiene y limpieza, entre otros, son factores que aumentan considerablemente el riesgo de que ocurran brotes del virus entre la población recluida; ya se han dado casos en penales en todas las regiones del país[17]. En este contexto, es esencial que las autoridades maximicen la aplicación de figuras como las medidas cautelares alternativas y las preliberaciones para despresurizar el sistema penitenciario lo antes posible, como han recomendado diversos organismos internacionales, entre los que se encuentra la CIDH[18].

Si bien la Ley Nacional de Ejecución Penal ya contempla algunas medidas de beneficios procesales, y posteriormente se publicó la “Ley de Amnistía”[19] para acelerar la revisión de casos que pudieran acelerar la liberación en casos muy específicos[20], la Comisión que evaluará los casos se creó apenas el pasado 23 de junio de 2020. A esa fecha se habían recibido 2 mil 487 solicitudes de amnistía, prácticamente todas del fuero común[21], lo que evidencia la necesidad de que los estados atiendan su papel en el proceso y que éste se agilice considerando el contexto de pandemia.

Por otro lado, existe preocupación por decisiones tomadas por el actual gobierno, que ponen en riesgo el equilibrio de poderes y contribuyen al debilitamiento y pérdida de autonomía de instituciones encargadas de la promoción y protección de los derechos humanos. Por ejemplo, el nombramiento de Alejandro Gertz como Fiscal General de la República, quien fuera asesor de AMLO en su última campaña, Rosario Piedra Ibarra como presidenta de CNDH, habiendo sido militante activa de Morena, así como Yasmín Esquivel como ministra de la SCJN, esposa de un exconsejero y contratista del Presidente cuando éste fue jefe de gobierno de la Ciudad de México. Finalmente preocupan los recortes presupuestarios realizados sin diagnósticos claros y evaluación de cada caso, en ocasiones únicamente por decisión del Ejecutivo como las medidas de austeridad, que si bien no deberán aplicar para las instituciones de derechos humanos, sí impactan en otras instituciones clave, lo cual podría afectar indirectamente en la situación de derechos humanos, por ejemplo el recorte del 30% del presupuesto de Seguridad y Protección Ciudadana.

Recomendaciones:

  • México:  Reforzar la capacidad de investigación e independencia de todos los actores involucrados en la investigación, especialmente de las Fiscalías y las y los peritos, recibiendo asistencia técnica en casos de graves violaciones y fortaleciendo el sistema penal acusatorio, así como impulsar el derecho a la transparencia por parte de los Poderes judiciales.
  • Unión Europea: Brindar asistencia técnica y financiera al gobierno federal y las entidades federativas para contribuir a fortalecer los mecanismos de prevención, atención a víctimas, investigación, sanción y reparación integral de violaciones a derechos humanos.

1.c Militarización

A pesar de las recomendaciones internacionales para que se lleve a cabo un plan de retiro programático de las FFAA en tareas de seguridad pública[22] y de la evidencia que muestra que la militarización no solamente no ha disminuido la violencia[23] sino que ha aumentado las violaciones a derechos humanos[24], la estrategia de seguridad sigue optando por un modelo que profundiza la militarización y el uso de la fuerza, en lugar de fortalecer a la policía civil.

El 26 de marzo de 2019, como parte de la estrategia en materia de seguridad, se publicó la reforma constitucional para crear la Guardia Nacional y posteriormente el 27 de mayo se publicaron las leyes secundarias. A pesar de establecer que la Guardia Nacional será un organismo de carácter civil, persisten serias preocupaciones toda vez que para su integración se contará con elementos de la Policía Naval y Militar, además de contar con adiestramiento militar y establecer que algunos puestos de mando únicamente podrán ser ocupados por elementos castrenses.[25] Además, en la práctica se ha observado un despliegue importante de elementos de la Guardia Nacional en labores de control de la migración en las fronteras, lo que ha ocasionado diversas violaciones y agresiones[26].

Sumado a lo anterior, el 11 de mayo de 2020 el Ejecutivo emitió el Acuerdo que dispone de la Fuerza Armada permanente en tareas de seguridad pública, basado en el quinto transitorio de la reforma constitucional, que establece que hasta el 2024 se podrá disponer de las FFAA, a pesar de mencionar que su participación será regulada, fiscalizada, subordinada y complementaria[27]. Lejos de darles contenido a los principios, los incumple[28], pues no limita su participación a casos concretos, delitos, situaciones o territorios determinados que así lo justifiquen, establece que los mandos se “coordinarán” con las autoridades civiles, sin estar bajo su supervisión y control y lejos de crear mecanismos independientes y externos de control, confía la supervisión de su actuar en los órganos internos de control militar.

Respecto a las legislaciones subsecuentes, la Ley Nacional sobre el Uso de la Fuerza y la Ley Nacional del Registro de detenciones, incorporan elementos relevantes aunque enfrentan retos en su aplicación, además de algunas deficiencias que incluso fueron motivo de impugnación por la CNDH, por ejemplo en relación con la fuerza letal y el uso de la fuerza en manifestaciones, así como la ausencia de controles respecto a la Ley Nacional sobre el Uso de la Fuerza, o la obligatoriedad de que las FFAA integren el Registro.

En el contexto de pandemia por la Covid-19, algunos estados han emitido restricciones a derechos o sanciones por incumplimiento de medidas sanitarias (como Jalisco, Coahuila, Michoacán o Querétaro), privilegiando una perspectiva coercitiva frente a las medidas sanitarias, en un contexto de inadecuada regulación o implementación de legislaciones (como uso de la fuerza y control de detenciones) y de inexistencia de mecanismos adecuados para el control de las fuerzas de seguridad[29], lo que ha ocasionado abusos y violaciones a derechos humanos, en particular a grupos en situación de vulnerabilidad o pobreza; ejemplo de ello es la muerte a manos de la policía municipal de Jalisco de Giovanni López, supuestamente detenido por no portar cubrebocas[30].

Recomendaciones:

  • México: Establecer controles internos y externos adecuados para supervisar a la Guardia Nacional, así como a otros elementos de seguridad que realizan tareas de seguridad pública; además de establecer un plan de fortalecimiento de la policía civil con miras al retiro de las fuerzas armadas en tareas de seguridad pública.
  • Unión Europea: Supervisar el retiro de las fuerzas armadas en tareas de seguridad pública en México que tendrá lugar en 2024 y brindar asistencia técnica y financiera para el fortalecimiento de policías civiles.

RECOMENDACIÓN GENERAL ESTADO DE DERECHO

  • México: Recibir asistencia técnica y asegurar el fortalecimiento de las fiscalías en la investigación de delitos, y la atención, investigación y búsqueda a casos de desaparición forzada, fortaleciendo el Mecanismos Extraordinario de Identificación Forense (MEIF). Asegurar el retiro gradual de las FFAA en tareas de seguridad, fortaleciendo a las policías civiles y estableciendo mecanismos adecuados de control, supervisión y rendición de cuentas por los elementos de seguridad.
  • Unión Europea: Brindar asistencia técnica y financiera para fortalecer a las fiscalías en la investigación de graves violaciones, así como atender la crisis forense mediante el MEIF. Supervisar el retiro gradual de las FFAA y la rendición de cuentas por elementos de seguridad. Establecer un mecanismo efectivo de seguimiento de sus propias recomendaciones con participación de la sociedad civil.  
  1. Personas defensoras y periodistas

Las personas defensoras de derechos humanos y periodistas en México continúan bajo un ataque sistemático que emana de causas estructurales, como la violencia generalizada en el país, sumada a la violencia política, la crisis de acceso a la justicia marcada por altos niveles de impunidad y la comisión de graves violaciones de derechos humanos. Este contexto es agravado por las medidas adoptadas por las distintas autoridades de gobierno, que limitan el ejercicio del derecho a defender derechos humanos y el ejercicio periodístico, persistiendo el riesgo para quienes ejercen estos derechos, en un país donde defender derechos humanos y ejercer el periodismo es un peligro.

En el sexenio anterior (2012-2018) se contabilizaron al menos los asesinatos de 47 periodistas[31], y 161 personas defensoras de derechos humanos[32], lo cual caracterizó a México como uno de los países más peligrosos para la defensa de derechos humanos, especialmente quienes defienden el medio ambiente y el territorio, particularmente personas pertenecientes a pueblos indígenas y personas campesinas, así como aquellas que realizan el ejercicio periodístico.

Desde la entrada del nuevo gobierno, el 1 de diciembre de 2018, y a la fecha, los altos niveles  de violencia contra personas defensoras y periodistas continúan. En el año 2019, al menos 21 personas defensoras[33] y 10 periodistas fueron asesinados[34], y en lo transcurrido de 2020, incluyendo el periodo que ha durado la emergencia sanitaria, la violencia se ha incrementado, y se tiene registro de al menos 12 personas defensoras de derechos humanos asesinadas[35], 10 de ellas defensores del medio ambiente[36] y 4 personas periodistas[37], siendo los estados con mayores índices de violencia contra ambas poblaciones, Guerrero, Oaxaca, Michoacán, Puebla, Morelos, Estado de México, Chiapas y Chihuahua. Dentro de las personas asesinadas al menos 4 fueron mujeres, incluyendo dos defensoras de derechos humanos trans[38].

Adicionalmente, personas defensoras y periodistas continúan enfrentando intimidación y hostigamiento, amenazas, agresiones físicas y digitales, detenciones arbitrarias y judicialización, hasta el asesinato; estos actos provienen principalmente de parte de servidores públicos, y en segundo lugar, de parte de  particulares, a través de empresas y actores del crimen organizado[39].

Estas condiciones de riesgo se agravan en el actual contexto de emergencia sanitaria, ya que el gobierno federal ha instaurado políticas que han tenido un impacto negativo en los derechos humanos, tales como políticas de desarrollo basadas en el extractivismo a través de megaproyectos[40], la actual política de control migratorio, el despliegue de las fuerzas armadas en asuntos de seguridad pública[41],  y el uso excesivo de la fuerza en contextos de manifestaciones[42]. A esta situación, se suman los pronunciamientos que ha hecho el Titular del Ejecutivo y otras autoridades de gobierno en contra de personas defensoras y periodistas[43], la inacción de la reciente Fiscalía Especializada en Derechos Humanos para  atender la impunidad de más del 99% de los delitos[44] y el debilitamiento de la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas (CEAV), que no cuenta con suficiencia presupuestaria para cumplir sus obligaciones, y además carece de personal para brindar una atención adecuada a las víctimas, entre las que hay personas defensoras y periodistas[45]. Además, de manera más específica, durante esta emergencia se han documentado 69 agresiones contra la prensa relacionadas con coberturas de la pandemia (25 contra hombres, 36 contra mujeres y 8 contra medios), lo que supone un 43% del total de agresiones documentadas en este periodo. Preocupa de manera especial, el repunte de violencia contra las comunicadoras y mujeres periodistas, que recibieron el 52,7% de las agresiones, así como el alto índice de agresiones cometidas por servidores públicos (67,5%).[46] En el caso de Oaxaca, mismo que se encuentra en primer lugar a nivel nacional de ataques contra mujeres defensoras, preocupa el incremento de  agresiones contra defensoras durante la pandemia; el 56% de ataques documentados de enero a mayo de 2020 ocurrieron durante los primeros 67 días del periodo de contingencia por COVID-19.[47]

            A pesar de los ataques, la impunidad y las restricciones al ejercicio del derecho a defender derechos humanos y el ejercicio periodístico, no existe aún una política pública integral de protección por parte del Estado mexicano. Actualmente el Mecanismo Federal de Protección para Personas Defensoras y Periodistas, que beneficia a más de 1.308 personas[48], funge como una medida reactiva para proteger la vida e integridad de las personas defensoras y periodistas. Sin embargo, al no atender las causas estructurales de la violencia, resulta insuficiente. Las medidas existentes tampoco proponen respuestas comprensivas que respondan a las necesidades diferenciadas de poblaciones en riesgo particularmente grave, como son las mujeres y las personas defensoras en contextos comunitarios.

Diversos organismos internacionales han externado su preocupación por las agresiones y crímenes contra defensores de derechos humanos. La Organización de las Naciones Unidas, a través del Mecanismo del Examen Periódico Universal (EPU), ha emitido diversas  recomendaciones sobre este tema que alertan sobre la situación de personas defensoras y periodistas. Esta preocupación ha derivado en que en 2018 fue el tercer tema con más recomendaciones, recibiendo un total de 14 recomendaciones de manera específica orientadas a fortalecer el Mecanismo de Protección a Defensores de Derechos Humanos y Periodistas y la gravedad de la situación en torno al derecho a defender y el ejercicio de la libertad de la expresión.[49]

Recomendaciones:

  • México: Exhortamos al Estado mexicano que impulse la construcción conjunta con organizaciones de la sociedad civil y organismos regionales e internacionales de derechos humanos, el diseño e implementación de una ruta de trabajo colaborativa que contemple el fortalecimiento del Mecanismo de Protección para Personas Defensoras y Periodistas, atendiendo a las recomendaciones contenidas en el Diagnóstico sobre el funcionamiento del Mecanismo elaborado por la Oficina en México de la Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos y otras recomendaciones de organismos nacionales e internacionales en el contexto del COVID-19[50]; para la consolidación de una agenda amplia y multiactor, que potencialice el diálogo para la construcción de una política pública integral de protección.
  • Unión Europea: Apoyar proyectos, asistencia técnica, programas, financiamiento y otras iniciativas, en colaboración con organizaciones de la sociedad civil y organismos regionales e internacionales de derechos humanos, encaminadas a la materialización de una política pública integral de protección de personas defensoras de derechos humanos y periodistas, y a la implementación de las recomendaciones del Diagnóstico sobre el funcionamiento del Mecanismo elaborado por la Oficina en México de la Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos. Es indispensable que estas iniciativas sean monitoreadas periódicamente, se evalúe su impacto y las intervenciones no estén centralizadas en la Ciudad de México.
  1. Mujeres

Según el INEGI, “la violencia contra las mujeres está extendida en todo el país, 30.7 millones de mujeres ha sido sujeta a actos violentos y discriminatorios alguna vez a lo largo de su vida”.[51] Por un lado, de acuerdo con información oficial, 15,853 mujeres estaban desaparecidas en México al 31 de diciembre de 2019 (25.7% del total de personas desaparecidas en México), encabezando la lista de las entidades federativas con el mayor número de casos: el Estado de México (3,216)[52], Tamaulipas (2,245), Puebla (1,445) y Nuevo León (1,065)[53]. Las niñas, adolescentes y mujeres jóvenes son particularmente vunerables ante el delito de desaparición, pues el 61.65% de las víctimas son niñas, adolescentes y mujeres jóvenes de 10 a 29 años: 4,443 víctimas tienen entre 15 y 19 años (28.02% de total de casos de mujeres desaparecidas), 1,850 de 10 a 14 años (11.66%); 1,945 de 20 a 24 años (12.26%); y 1,699 de 25 a 29 años (10.71%). Por lo tanto, es importante que se fortalezca la implementación de las AVGM en materia de desaparición de mujeres. También es necesario fortalecer las Unidades de Análisis de Contexto para determinar la relación entre la desaparición de mujeres y otros delitos. Datos oficiales también muestran una tendencia al alza de los presuntos casos de homicidios dolosos en contra de mujeres con un total de 1,735 casos registrados en el 2015, 2,191 casos en el 2016, 2,536 casos en el 2017, 2,781 casos en el 2018, 2,822 en el 2019 y 987 casos entre enero y abril de 2020[54].

            Sirva el caso de Oaxaca como un ejemplo de las violencias descritas, pues, en este estado, la violencia feminicida se caracteriza por: 1) falta de mecanismos claros y negación o inadecuada emisión de órdenes de protección; 2) falta de personal, de enfoque y lejanía de centros de justicia para mujeres, en particular para mujeres indígenas; 3) politización y simulación de la alerta de género; 4) falta de banco estatal de datos completo y desagregado, 5) falta de refugio estatal; 6) impunidad casi total. La situación es aún peor en el contexto de la pandemia por COVID-19. Desde el inicio de la contingencia hasta el 1 de junio[55], han ocurrido 16 feminicidios, 43% en espacios públicos, incluyendo el feminicidio de una bebé y dos niñas de 7 años que fueron baleadas en la vía pública. La región del Istmo es la que registra el mayor número de casos. La violencia familiar se incrementó 25% respecto al primer bimestre del año. Más del 80% de las mujeres fueron agredidas en su propia casa; la región de Valles Centrales registra el mayor número de casos. También incrementó la desaparición de mujeres: son 118 mujeres desaparecidas en 2020, 60% durante el periodo de contingencia. Son un total de 800 mujeres desaparecidas durante esta administración.

            La mayoría de las instituciones federales y estatales no cuentan con datos reales, confiables, actualizados ni desagregados sobre la incidencia de los principales delitos violentos que afectan a las mujeres.[56] Tampoco cuentan con diagnósticos precisos, lo que se traduce en políticas públicas ineficaces desde su diseño y en la necesidad de que sea la sociedad civil quien monitoree la incidencia real de la violencia contra las mujeres. En contraste con esto, se han recortado recursos y programas públicos con enfoque de género a causa de las políticas de austeridad de la administración federal actual, afectando el funcionamiento de OSCs y mecanismos del Estado que atendían las violencias contra las mujeres (por ejemplo, la Red Nacional de Refugios y las Casas de Apoyo a la Mujer Indígena).[57] Lejos de fortalecer a estos mecanismos, el Estado las ha orillado a cerrar sus puertas[58] como consecuencia de la suspensión a los subsidios económicos de los que dependían para sus actividades. Otros recortes presupuestarios también han debilitado el estudio y la evaluación de políticas públicas relacionadas con la atención a violencia contra las mujeres (por ejemplo, los recortes federales a los Centros de Investigación). Además, aún es necesario fortalecer las capacidades y recursos de las autoridades encargadas de la investigación, impartición de justicia, aplicación de protocolos, cumplimiento de estándares nacionales e internacionales y reparación integral del daño.

            La prevención y atención de la violencia contra las mujeres no parece ser prioritaria ni en términos presupuestarios ni en términos de políticas públicas, ni siquiera en este contexto de emergencia sanitaria por COVID-19, que ha contribuido al aumento de violencia contra las mujeres en sus hogares y a mujeres en situaciones de vulnerabilidad. De hecho, durante la pandemia, han aumentado las tasas de violencias contra las mujeres; en concreto, se calcula que en la actualidad en México son asesinadas 11 mujeres al día en el país. Además, ante la suspensión de labores judiciales por la pandemia de COVID-19, la mayoría de los Poderes Judiciales limitaron sus servicios sin aplicar una perspectiva de género, lo que obstaculiza –o impide– el acceso a la justicia para las mujeres. Tal es el caso, por ejemplo, de las mujeres privadas de la libertad, quienes no tienen mecanismos ni canales para exigir condiciones de internamiento que no eleven su –ya de por sí alto– riesgo de enfermarse por COVID-19.[59] Además, la adopción de un modelo militarizado de seguridad pública –que se ha evidenciado incompatible con el respeto y protección a los derechos humanos de las mujeres[60]– agrava la situación histórica de violencia y discriminación contra las mujeres, como la violencia sexual cometida por agentes de las fuerzas de seguridad.

            Finalmente, la contingencia sanitaria por COVID-19 ha obstaculizado aún más el de por sí precario acceso a la interrupción del embarazo en México[61], respaldado por la legislación restrictiva en la mayoría del territorio, con la única excepción de la Ciudad de México y Oaxaca. El temor a contagios desincentiva la búsqueda de servicios de salud reproductiva en instituciones de salud por parte de adolescentes y mujeres no sólo en materia de aborto, sino también de anticoncepción, seguimiento prenatal o emergencias obstétricas como la atención del parto, lo que puede derivar en un aumento de las muertes maternas que, además, ya afectaban desproporcionadamente a mujeres indígenas  antes de la pandemia por COVID-19. Sin embargo, frente a todos estos problemas, el movimiento feminista y de mujeres es imparable frente al discurso conservador, machista y criminalizante por parte de algunas autoridades del Estado, incluido el Presidente. Por ejemplo, el mes pasado, el presidente afirmó que el 90% de las llamadas de auxilio al 911 –en el contexto de la pandemia por COVID-19– eran falsas[62], contrario a la evidencia aportada por organizaciones de la sociedad civil que acompañan directamente a mujeres víctimas de violencia, y también contrario a la información publicada por otras dependencias gubernamentales y organismos internacionales de derechos humanos. A pesar de la negación y minimización de las violencias contra las mujeres en México, las OSCs y el movimiento feminista se han organizado no sólo para protestar en contra de este discurso, sino también para exigir resultados tangibles.

Recomendaciones:

  • México: Instamos al Estado mexicano y a los Estados Miembros de la Unión Europea a que impulsen la construcción conjunta, con organizaciones de la sociedad civil, y organismos regionales e internacionales de derechos de las mujeres y niñas, de políticas públicas integrales en todo el territorio nacional destinadas a la prevención, atención, sanción, investigación y erradicación de todas las formas de violencia contra las mujeres y niñas, a fin de garantizar una implementación efectiva y armonizada de todas las recomendaciones de organismos nacionales e internacionales, en los planos federal, estatal y municipal. En particular, solicitamos su compromiso expreso para fortalecer el Mecanismo de Alerta de Violencia de Género,  la emisión de órdenes de protección para víctimas de violencia de género, los Refugios, Centros de Atención Externa y las Casas de la Mujer Indígena y Afromexicana.
  • Unión Europea: Apoyar proyectos, asistencia técnica, programas, financiamiento y otras iniciativas, en colaboración con organizaciones de la sociedad civil y organismos regionales e internacionales, encaminadas a la prevención, atención, sanción, investigación y erradicación de todas las formas de violencia contra las mujeres y niñas.[1]  Es indispensable que los principios de rendición de cuentas, evaluación de impacto y transparencia permeen en todas las iniciativas y se priorice el apoyo a entidades federativas en donde se concentren los mayores índices de violencia y no existan apoyos existentes por parte de la Unión Europea.
  1. Infancia y adolescencia

En México residen 38.5 millones de niñas, niños y adolescentes, lo que representa el 30.8% del total de la población.[63] De éstos, 1 de cada 2 viven en condiciones de pobreza: 9,3% (3.7 millones) corresponden al tipo de pobreza extrema, y 40.3% (15.9 millones) al tipo de pobreza moderada.[64]

El clima de violencia generalizada y violaciones a derechos humanos afecta negativamente a la infancia y la adolescencia. Tanto en el primer cuatrimestre de 2020, como en 2019, se registran en promedio 7 niñas, niños o adolescentes víctimas de asesinatos diariamente. Por cada 7 de estas víctimas, 6 son varones. Por entidad federativa, Guanajuato, Michoacán, Estado de México, Oaxaca y Chihuahua muestran los mayores índices de violencia para ambos años.

En lo que se refiere a la violencia sexual, en 2018, se registraron 17,586 delitos sexuales contra niñas, niños y adolescentes; en el 85.3% de los casos las víctimas fueron niñas y adolescentes mujeres. Es decir, cada 30 minutos en el país se comete un delito sexual contra niños y niñas.[65] La mayoría de estos delitos tienen lugar en casa o en la escuela, lo que nos muestra que la familia y la escuela, que deberían ser entornos protectores para la niñez, se convierten muchas veces en entornos de riesgo.

En cuanto a los feminicidios, entre 2015 y abril de 2020, 1 de cada 10 feminicidios en el país afectaron a niñas y adolescentes y en 2019, ocurrieron en promedio 8 asesinatos al mes contra niñas y adolescentes por razones de género.[66] En materia de desaparición, hasta enero de 2020, en México había 11,072 niños, niñas y adolescentes desaparecidos. Sólo en 2019, en México en promedio desaparecieron 6.9 niños, niñas y adolescentes al día.[67] Las entidades federativas con más casos de niñas, niños y adolescentes desaparecidos son Tamaulipas y Estado de México. Podemos identificar claramente patrones en homicidios y desapariciones de niños, niñas y adolescentes: en homicidios la mayoría de las víctimas son varones adolescentes y en desapariciones son mujeres adolescentes. No hay ningún diagnóstico oficial que nos explique por qué razones mueren y desaparecen tantos adolescentes, pero estudios preliminares nos indican que en el caso de las mujeres son víctimas de trata y explotación sexual y en el caso de los varones son reclutados por el crimen organizado. Se desconoce el número exacto de niñas, niños y jóvenes que trabajan para el crimen organizado, aunque la Comisión Interamericana de Derechos Humanos[68] señala que hay por lo menos 30 mil niñas, niños y adolescentes involucrados, usados para diferentes tareas (informantes, para el procesamiento de sustancias, para la comisión de delitos de alto impacto como homicidios, mutilaciones y desapariciones) y sometidos al mismo tiempo a abusos y explotación.

A pesar de estos datos alarmantes, los niños, niñas y adolescentes están ausentes e invisibilizados en la agenda política del gobierno, y no forman parte de ninguno de los 25 proyectos prioritarios del Presidente López Obrador. Falta mejorar e implementar servicios, estrategias y programas coordinados, integrales e intersectoriales dirigidos a la prevención, erradicación y atención de la violencia hacia la infancia. Existe un Plan de Acción 2019- 2024 de México, en el marco de la Alianza Global, para poner fin a la violencia contra niñas, niños y adolescentes, organizado a partir de cuatro estrategias, del cual no se conocen los avances, los impactos, ni el presupuesto específico para su implementación. Sobre todo, faltan acciones concretas para atender la violencia en contexto de crimen organizado.

En cuanto a la actual pandemia de COVID19, si bien la población infantil no es la más afectada directamente por esta enfermedad, hay otras implicaciones para la niñez y la adolescencia en el corto, mediano y largo plazo: 1) Aumento probable de la pobreza infantil – CONEVAL predijo que el incremento de la pobreza  por ingresos será entre 7.2 y 7.9%. Esto significa que entre 8.9 y 9.8 millones de personas se sumarán a la población con recursos insuficientes para adquirir una canasta alimentaria, bienes y servicios básicos[69]; 2) Aumento probable de deficiencias nutricionales y desnutrición; 3) Violencia doméstica y maltrato (sólo en los primeros dos meses de la pandemia, se han registrado 230,757 llamadas de emergencia relacionadas con incidentes de violencia familiar);[70] 4) Incremento del abandono escolar y del trabajo infantil.[71] 

Recomendaciones:

  • México: Revisar, actualizar y poner en acción una estrategia nacional de prevención integral, erradicación y atención a todas las formas de violencia contra niños, niñas y adolescentes, con visión de largo plazo, que integre y coordine todos los programas, aborde las causas estructurales de la violencia y cuente con el presupuesto suficiente para su cumplimiento.
  • Unión Europea: Acordar con el gobierno mexicano la implementación de proyectos de cooperación dirigidos a la prevención, erradicación y atención a todas las formas de violencia contra niños, niñas y adolescentes, apoyando el trabajo de las organizaciones de la sociedad civil especializadas en el tema. En particular, asistir en programas de desvinculación y reinserción social de las y los adolescentes que han sido reclutados por parte del crimen organizado.
  1. Pueblos indígenas

México goza de una gran riqueza y diversidad cultural, lingüística y natural. Su población indígena representa el 10,1% de la población total del país y existen 68 lenguas indígenas diferentes. Su territorio alberga entre 60% y 70% de la diversidad biológica conocida del planeta. A pesar de ello, ese sector de la población mexicana está históricamente marginalizado y padece una discriminación estructural en distintos ámbitos como lo son: político, económico, salud, educación, trabajo, vivienda digna, o acceso a la justicia. La tasa de pobreza de las personas indígenas es 4 veces mayor al promedio. El olvido, la discriminación y la marginación por parte de las instituciones del Estado son acentuadas por la pandemia del Covid-19 como refirieron más de 200 ONG a mediados de mayo de 2020.[72] Después de monitorear la situación en las comunidades indígenas, concluyen que “la pandemia ha puesto en evidencia una larga lista de condiciones estructurales que profundizan la exclusión de los pueblos indígenas y equiparables a un ejercicio pleno de Derechos[73]”.

El Estado ha hecho reformas constitucionales y ha implementado distintos proyectos para incorporar a ese sector como un intento de reparación de los daños históricos y resarcimiento por la discriminación estructural hacia los pueblos indígenas. No obstante, estas reformas y proyectos han sido insuficientes y de carácter asistencialista, ocasionando dependencia económica sin acabar de reducir la pobreza.

Las principales preocupaciones que permanecen son:

– Acaparamiento y apropiación paulatina de las tierras indígenas por parte de grupos con poder económico y político que muchas veces están vinculados con la delincuencia organizada.

– Desplazamiento forzado mediante la implementación de megaproyectos, por grupos delincuenciales o grupos herederos del paramilitarismo o por factores internos de la comunidad. La relación intrínseca de los pueblos con sus tierras y las secuelas destructivas del desplazamiento generan un claro riesgo de extinción cultural y física (etnocidio).

– Pese a las reformas legislativas en materia de derechos de los pueblos indígenas, así como del reconocimiento de los sistemas normativos e instituciones propias de los pueblos, no están armonizados ni reconocidos en la práctica por las instituciones. Actualmente, los pueblos originarios tienen que demostrar con estudios antropológicos si son o no miembros de pueblos indígenas y si es de pertinencia la implementación de sus formas de gobierno fuera de los partidos políticos. Además, el marco legal mexicano se ha ido modificando para atraer la inversión privada a costa del respeto a los derechos de los pueblos indígenas. El Estado moderno favorece el etnocidio, disfrazado del modelo actual denominado etnodesarrollo como lo es el Tren Maya o el Corredor Transístmico que mediante “consultas a modo” simula cumplir con el Convenio 169 de la OIT.

– La lucha por la justicia, la defensa de la tierra y el territorio ocasionan represión, amenazas, criminalización, hostigamientos, agresiones o encarcelamientos ilegales y hasta homicidios a defensores comunitarios y autoridades comunitarias[74]. Estos hechos suelen quedar impunes ya sea por negligencia, aquiescencia o dilación del Estado en los procesos de investigación y sanción. También se observa el uso del sistema de justicia como mecanismo de silenciamiento social.[75]

Recomendaciones

  • México: Respetar y proteger el derecho a la tierra, territorio de los pueblos, el derecho al agua y a la alimentación, a la salud, a la consulta y al consentimiento libre, previo e informado de los Pueblos Indígenas.
  • Unión Europea: Asegurarse que las empresas europeas que inviertan en México cumplan con todos los estándares internacionales sobre derechos colectivos de los pueblos indígenas relativos su autodeterminación, en particular el derecho a la consulta y al consentimiento libre, previo e informado.

6. Migración

En el tema de migración resaltamos por lo menos cuatro puntos de preocupación: 1) Detención Migratoria, 2) Acceso al proceso de asilo y 3) Protección de niños, niñas y adolescentes migrantes no acompañados, 4) Población jornalera indígena migrante.

6.a Detención Migratoria

La privación de la libertad de las personas migrantes es una práctica que se ha implementado y consolidado desde hace cuatro décadas.[76] Existen 59 centros de detención para personas migrantes: 32 Estaciones Migratorias (EM), 15 Estaciones Provisionales (EP) tipo A para una estancia máxima de 48 horas y 12 EP de tipo B para una estadía máxima de 7 días.[77] Desde 2019, la Guardia Nacional interviene en coadyuvancia con el INM en operativos de control migratorio.[78] En este mismo año, el 52% de las detenciones migratorias se llevaron a cabo en tan sólo dos estados del país: Chiapas y Tabasco, llegando a un total de 186,750 detenciones. De esta población, 141,223 fueron deportados (75.21%). El número de detenciones generó situaciones de hacinamiento en la EM Siglo XXI, ubicada en Tapachula (Chiapas) al registrar un número de personas detenidas al doble de su capacidad.[79] En distintos momentos se han denunciado las precarias condiciones de las EM y las EP,[80] debido a falta de saneamiento, atención médica y psicológica, deficiente alimentación y debido a los malos tratos que enfrentan las personas detenidas.[81] Asimismo, durante el 2019 se registraron cuatro muertes de personas migrantes en custodia de autoridades migratorias. Debido a las condiciones mencionadas arriba y al contexto de emergencia sanitaria, se presentaron diversos actos de protesta por parte de las personas detenidas en varias estaciones migratorias a lo largo del país, mismas que fueron reprimidas por agentes de migración y elementos de la Guardia Nacional, utilizando incluso gas pimienta,[82] y resultando en un fallecimiento y 15 personas intoxicadas.[83]

6.b Acceso al proceso de asilo

En 2019, la Comisión Mexicana de Ayuda al Refugiado (COMAR) registró 70,302 solicitudes de la condición de refugiado; los solicitantes de asilo provienen de siete países de Centro y Sudamérica: Honduras, El Salvador, Cuba, Venezuela y Haití. En el caso de Honduras, más de 30 mil migrantes solicitaron asilo durante 2019; le siguen El Salvador con 8,991 peticionarios, Cuba con 8,677 casos y Venezuela con 7,662 solicitudes.[84] No obstante, el número de reconocimientos de la condición de refugiado continúa siendo muy bajo, llegando apenas a los 10 mil, es decir, el 14.22% en relación con las solicitudes presentadas.[85] Por otra parte, a pesar del incremento en solicitudes de asilo, no se han implementado medidas que fortalezcan a la COMAR, institución que no cuenta con personal suficiente y ha sufrido recortes a su presupuesto, obstaculizando su trabajo.[86] En cuanto a la integración socioeconómica de las personas refugiadas, aún falta mucho por trabajar, sobre todo en combate a la discriminación y xenofobia, así como en que autoridades como la SEP, la SSa, la STPS, entre otras, reconozcan la documentación que les es expedida para acreditar su identidad y su estancia en el país. De la misma manera sucede en el sector privado, como los bancos, que continúan poniendo obstáculos para la apertura de cuentas, tanto de ahorros como de pago de salarios.

6.c Protección de niños, niñas y adolescentes migrantes no acompañados

A pesar de que los estándares internacionales de protección a la infancia prohíben la detención migratoria, en 2019, el gobierno mexicano realizó 51,999 detenciones de niños, niñas y adolescentes migrantes; cerca de 12 mil (22.8%) viajaban sin acompañamiento[87]. En el mismo periodo, se han deportado 34,705 niños, niñas y adolescentes, y de éstos el 20.7% (7,170) viajaban sin acompañamiento[88]. En el tiempo que va de la actual administración, han disminuido las alternativas a la detención y sigue sin haber albergues adecuados administrados por el DIF. Además, no existe un criterio homologado por parte de las procuradurías de protección locales, para la protección de la infancia y adolescencia no acompañada.

6.d Población jornalera indígena migrante

En México, centenares de miles de familias indígenas sin tierra migran al ritmo de las temporadas de cosechas en los campos agrícolas del norte y poniente del país. Con salarios miserables y sin contratos laborales, se emplean como jornaleras y jornaleros agrícolas. Acumulan múltiples factores de vulnerabilidad y son olvidados por las políticas públicas: por su situación de movilidad, no logran acceder a programas sociales ni a servicios básicos como salud o educación para sus hijos. En el contexto de la pandemia, las familias siguen migrando sin poder preservar su salud ni la de sus comunidades que carecen de infraestructura de salud. Aunque la Secretaría de Trabajo y Previsión Social haya publicado una guía de acción para las empresas agrícolas, no se ha traducido en acciones concretas por falta de controles y de voluntad política.

Recomendaciones:

  • México: En el caso de niños,  niñas y adolescentes, se debe seguir lo señalado por la ley y la Convención, por lo que, bajo ningún motivo, deben ser detenidos en Estaciones Migratorias o Estancias Provisionales; es urgente fortalecer el sistema de protección a la infancia, en particular los espacios para cuidados de niñas, niños y adolescentes no acompañados.
  • Unión Europea: Brindar asistencia técnica para que el legislativo armonice la Ley de Migración con la Ley General de Derechos de niñas, niños y adolescentes, para garantizar la debida protección al interés superior de niñas, niños y adolescentes migrantes que viajan solos o en compañía de sus familias.

7. Empresas y derechos humanos

Acogemos con beneplácito la iniciativa de la Unión Europea  y del Comisionado Didier Reynders para desarrollar una regulación que permita prevenir, abordar y reparar abusos y violaciones a los derechos humanos y afectaciones ambientales debido a malas prácticas empresariales, así como a la distinción de otros modelos de regulación para 2021.

La regulación sobre la debida diligencia (DDDH) debe pensarse también desde sus actividades extraterritoriales, enfatizando la responsabilidad que tienen las empresas matrices con sus cadenas de valor, no sólo las Pymes, en cualquier contexto, incluyendo la crisis sanitaria actual y otras crisis económicas, sociales y ambientales.

El ordenamiento debe incluir la reparación efectiva e integral de las víctimas del pasado y actuales con lineamientos generales para todos los Estados de la Unión. Incluir un mejor acceso a la justicia con perspectiva de género e interseccional de forma colectiva sería un gran avance.

La crisis sanitaria por COVID-19 tuvo fuertes impactos en los derechos laborales en México en diversos sectores, por ejemplo, con la española Cabify, que redujo las horas laborales y pidió que los empleados firmaran «permiso de ausencia sin goce de sueldo» para reducir horas laborables y a quien no firmara se le invitó a renunciar, intimidando y negando la liquidación.[89]

En este contexto, la UE y sus empresas deben abstenerse de iniciar juicios en caso de que el gobierno mexicano no pueda cumplir con los compromisos dentro de los tratados comerciales y de inversión. En este sentido, manifestamos nuestra preocupación por la renovación del Acuerdo Global (AG), y la culminación de las negociaciones durante la pandemia, que incluye el capítulo sobre protección de las inversiones. Esto implica otorgar a las empresas transnacionales el derecho exclusivo de desafiar las decisiones democráticas de los Estados, impugnando legislaciones de interés público y demandando a México.[90]

Urgen evaluaciones de impacto en derechos humanos (EIDH) para megaproyectos extractivos  con inversiones europeas, incluyendo los de energías renovables y proyectos del actual presidente, por ejemplo las españolas y portuguesas en el Corredor Interoceánico y Tren Maya (Ver Ficha No.11). Éstos impactarán una de las zonas más biodiversas del mundo, ya que atravesará por la selva maya -segundo pulmón forestal de América Latina después de la Amazonía-, causando impactos irreversibles hacia los pueblos originarios, a la biodiversidad, al suelo y al agua.  

Empresas españolas tampoco han hecho EIDH para prevenir dichas afectaciones en cuanto al Proyecto Integral Morelos (PIM), proyecto energético y de desarrollo industrial de alto riesgo en Puebla, Morelos y Tlaxcala que ha generado violaciones al derecho a la libre determinación de los pueblos nahuas del volcán Popocatépetl, a la seguridad de la población, generando criminalización y represión de la protesta social, tortura, encarcelamientos de personas defensoras, judicialización, cierre de radios comunitarias, militarización, intromisión del crimen organizado en el proyecto y el asesinato del defensor Samir Flores Soberanes, el 20 de febrero de 2019. (Ver Ficha No.12 ).

Recomendaciones:

  • México: Implementar de manera urgente regulación sobre debida diligencia en derechos humanos obligatoria para toda actividad empresarial e inversión pública y privada incluyendo las extranjeras y desarrolladas con el Acuerdo Global anterior y previa a la modernización del mismo.
  • Unión Europea: Detener las obras financiadas con recursos europeos que no han realizado evaluaciones de impacto en derechos humanos, ambientales y consulta previa, libre, informada, culturalmente adecuada y de buena fe, hasta que se lleven a cabo y se aborden los daños actuales y potenciales, así como cancelar las obras que causaron daños irreversibles a personas defensoras, al medio ambiente, a la vida y reparar afectaciones.
  • Ambas partes: Deben nivelar el terreno de juego entre ambas, respetar la jurisdicción internacional de los derechos humanos para su protección y goce, y desarrollar regulación sobre debida diligencia incluyendo a la sociedad civil de ambas partes.

8. Personas LGBT

La idea cisheteronormada de la sexualidad basada en fines reproductivos legitima discursos y acciones que estigmatizan, criminalizan, patologizan, persiguen y discriminan a personas LGBT[91] por suponer un riesgo para el orden social, moral y patriarcal.

Algunas expresiones de discriminación han sido exploradas por la ENADIS 2017[92] donde el 46.3% opinó que nada justifica que dos personas del mismo sexo vivan juntas como pareja; 36.4% no le rentaría a personas trans; 66% cree que se respetan poco o nada los derechos de gays o lesbianas y 72% los derechos de personas trans.

Por otro lado, la sociedad civil encontró que el 30.4% de las personas LGBT encuestadas han sido discriminadas en servicios de salud[93]; el 52% han sido discriminadas en espacios educativos[94]; casi el 50% refirió que no reciben el mismo trato que las personas heterosexuales en los espacios laborales[95]; el 17% ha sido detenida arbitrariamente por ser LGBT y el 39.7% de las personas han sido agredidas por parte de autoridades públicas[96].

Estas manifestaciones de discriminación, junto con el rechazo por parte de las familias, pérdida de redes de apoyo, el no reconocimiento jurídico de sus derechos y otras formas de violencia generalizada, orillan a las personas LGBT a condiciones de precariedad y persecución, obligándoles incluso a migrar de manera forzada. Así, quedan desprotegidas tanto en el lugar de origen, en el proceso de tránsito y en el destino.

Por otro lado, enfrentan la máxima expresión de la violencia con los crímenes de odio cometidos en razón de su orientación sexual, identidad y expresión de género (OSIEG). Según datos del registro hemerográfico de Letra S[97], en el sexenio pasado fueron asesinadas 473 personas LGBT en el país; 261 fueron asesinatos de mujeres trans; solamente fueron percibidos 9 feminicidios de mujeres lesbianas y 1 de mujer bisexual. El Observatorio Nacional de Crímenes contra personas LGBT en México ha observado un claro incremento en los dos últimos años de estos crímenes de odio[98].

Dado este contexto, durante el Examen Periódico Universal de 2018, México recibió siete recomendaciones para la implementación de acciones para eliminar la violencia contra personas LGBT, garantizar la protección de sus derechos e incluirles en el Plan Nacional de Desarrollo.

Finalmente, frente a la pandemia por COVID-19, las medidas de confinamiento implican para muchas personas LGBT convivir con quienes les violentan, negando o rechazando su OSIEG. Los discursos de odio han estado presentes desde el inicio de la pandemia con declaraciones de líderes religiosos que culpan a personas LGBT y a mujeres que deciden abortar de lo que está sucediendo[99].

Recomendaciones:

  • México: Impulsar el cumplimiento de las recomendaciones del EPU 2018 a través de la implementación de acciones para eliminar la violencia contra personas LGBT, incluyendo los discursos de odio; que se comiencen los registros oficiales sobre crímenes de odio desagregados por OSIEG apostando por el derecho a la verdad y la justicia desde el reconocimiento y nombramiento de las identidades; y que se reconozca el derecho al refugio de personas LGBT.
  • Unión Europea: Apoyar a las organizaciones de defensa de derechos LGBT, a través de las Embajadas de los países miembros de la UE en México, con el acompañamiento a sus actividades, con la creación de bolsas específicas que fortalezcan y sostengan sus proyectos y el trabajo cotidiano, así como establecer mecanismos de monitoreo y vigilancia de las entidades públicas de protección de derechos humanos en México, para impulsar su permanencia y fortalecimiento.

FIRMAS

Article 19 México

Asistencia Legal por los Derechos Humanos (Asilegal)

Centro de Derechos Humanos Fray Bartolomé de las Casas (Frayba)

Centro de Derechos Humanos Fray Matías de Córdova

Centro de Derechos Humanos Miguel Agustín Pro Juárez

Centro de Derechos Humanos de la Montaña Tlachinollan

Comunicación e Información de la Mujer (CIMAC)

Comisión Mexicana de Defensa y Promoción de Derechos Humanos (CMDPDH)

Consorcio por la Equidad y el Diálogo Parlamentario Oaxaca

Equis Justicia para las Mujeres

Fundación Arcoiris

Grupo de información en reproducción elegida (GIRE)

I(dh)eas Litigio Estratégico

Instituto Mexicano de Derechos Humanos y Democracia (IMDHD)

Instituto de Estudios en el Proceso Penal Acusatorio (INEPPA)

Movimiento Sueco por la Reconciliación (SweFOR México)

Peace Brigades International México (PBI México)

Proyecto sobre Organización, Desarrollo, Educación e Investigación (PODER)

Red por los Derechos de la Infancia en México (REDIM)

Servicios y Asesoría para La Paz A.C. (Serapaz)

Servicio Internacional para la Paz (Sipaz)

Espacio OSC,

compuesto por ARTICLE 19, Asociación Mundial de Radios Comunitarias, México (AMARC Mx); Casa del Migrante Saltillo; Centro Mexicano de Derecho Ambiental (CEMDA); Centro de Derechos Humanos Zeferino Ladrillero (CDHZL); Centro Nacional de Comunicación Social (Cencos); Comisión Mexicana de Defensa y Promoción de los Derechos Humanos (CMDPDH); Comunicación e Información de la Mujer A.C. (CIMAC); Consorcio Para el Diálogo Parlamentario y Equidad, Oaxaca A.C; Instituto de Derecho Ambiental A.C. (IDEA); JASS Asociadas por lo Justo; Red Nacional de Organismos Civiles de Derechos Humanos Todos los Derechos para Todas y Todos (RedTDT); SMR Scalabrinianas, Misión con Migrantes y Refugiados; Servicios y Asesoría para la Paz (Serapaz). El Espacio OSC está acompañado por Brigadas Internacionales de Paz (PBI) y Amnistía Internacional sección México.

Red Nacional de Organismos Civiles de Derechos Humanos “Todos los Derechos para Todas y Todos” (Red TDT)

compuesta por Academia Hidalguense de Educación y Derechos Humanos A.C. (ACADERH) (Hidalgo); Agenda LGBT (Estado de México); Alianza Sierra Madre, A.C. (Chihuahua); Aluna Acompañamiento Psicosocial, A.C.(Ciudad de México); Asistencia Legal por los Derechos Humanos, A.C. (AsiLegal) (Ciudad de México); Asociación Jalisciense de Apoyo a los Grupos Indígenas, A.C. (AJAGI) (Guadalajara, Jal.); Asociación para la Defensa de los Derechos Ciudadanos “Miguel Hidalgo” (Jacala Hgo.); Bowerasa, A.C. “Haciendo Camino” (Chihuahua, Chih.); Casa del Migrante Saltillo (Saltillo, Coah.); Católicas por el Derecho a Decidir, A.C. (Ciudad de México); Centro de Capacitación y Defensa de los Derechos Humanos e Indígenas, Asociación Civil (CECADDHI) (Chihuahua); Centro “Fray Julián Garcés” Derechos Humanos y Desarrollo Local, A.C. (Tlaxcala, Tlax.); Centro de Apoyo al Trabajador, A.C. (CAT) (Ciudad de México); Centro de Derechos de la Mujeres de Chiapas (San Cristóbal de Las Casas, Chis.); Centro de Derechos Humanos “Don Sergio” (Jiutepec, Mor.); Centro de Derechos Humanos “Fray Bartolomé de Las Casas”, A.C. (San Cristóbal de Las Casas, Chis); Centro de Derechos Humanos “Fray Francisco de Vitoria O.P.”, A.C. (Ciudad de México); Centro de Derechos Humanos “Fray Matías de Córdova”, A.C. (Tapachula, Chis.); Centro de Derechos Humanos “Juan Gerardi”, A.C. (Torreón, Coah.); Centro de Derechos Humanos “Miguel Agustín Pro Juárez”, A.C. (Ciudad de México); Centro de Derechos Humanos de la Montaña, Tlachinollan, A.C. (Tlapa, Gro.); Centro de Derechos Humanos de las Mujeres (Chihuahua); Centro de Derechos Humanos de los Pueblos del Sur de Veracruz “Bety Cariño”, A.C. (Tatahuicapan de Juárez, Ver.); Centro de Derechos Humanos Digna Ochoa, A.C (Tonalá, Chis.); Centro de Derechos Humanos Paso del Norte (Cd. Juárez, Chih.); Centro de Derechos Humanos Toaltepeyolo (Orizaba, Veracruz); Centro de Derechos Humanos Victoria Diez, A.C. (León, Gto.); Centro de Derechos Humanos Zeferino Ladrillero (CDHZL) (Estado de México); Centro de Derechos Indígenas “Flor y Canto”, A.C. (Oaxaca, Oax.); Centro de Derechos Indígenas A.C. (Bachajón, Chis.); Centro de Estudios Sociales y Culturales Antonio de Montesinos, A.C. (CAM) (Ciudad de México); Centro de Investigación y Capacitación Propuesta Cívica A.C. (Propuesta Cívica) (Ciudad de México); Centro de Justicia para la Paz y el Desarrollo, A.C. (CEPAD) (Guadalajara, Jal.); Centro de los Derechos del Migrante (Ciudad de México); Centro de Reflexión y Acción Laboral (CEREAL-Guadalajara) (Guadalajara, Jal.); Centro Diocesano para los Derechos Humanos “Fray Juan de Larios”, A.C. (Saltillo, Coah.); Centro Juvenil Generando Dignidad (Comalcalco, Tabasco); Centro Kalli Luz Marina (Orizaba, Ver.); Centro Mexicano de Derecho Ambiental (CEMDA) (Ciudad de México); Centro Mujeres (La Paz, BCS.); Centro Regional de Defensa de DDHH José María Morelos y Pavón, A.C. (Chilapa, Gro.); Centro Regional de Derechos Humanos “Bartolomé Carrasco”, A.C. (BARCA) (Oaxaca, Oax.); Centro Universitario por la Dignidad y la Justicia Francisco Suárez, S.J. (CUDJ) (Guadalajara, Jal.); Ciencia Social Alternativa, A.C. KOOKAY (Mérida, Yuc.); Ciudadanía Lagunera por los Derechos Humanos, A.C. (CILADHAC) (Torreón, Coah.); Colectivo contra la Tortura y la Impunidad (CCTI) (Ciudad de México); Colectivo Educación para la Paz y los Derechos Humanos, A.C. (CEPAZDH) (San Cristóbal de Las Casas, Chis.); Comisión Ciudadana de Derechos Humanos del Noroeste (Mexicali, Baja California); Comisión de Derechos Humanos y Laborales del Valle de Tehuacán, A.C. (Tehuacán, Pue.); Comisión de Solidaridad y Defensa de los Derechos Humanos, A.C. (COSYDDHAC) (Chihuahua, Chih.);  Comisión Regional de Derechos Humanos “Mahatma Gandhi”, A.C. (Tuxtepec, Oax.); Comité Cerezo (Ciudad de México); Comité Cristiano de Solidaridad Monseñor Romero (Ciudad de México); Comité de Defensa de las Libertades Indígenas (Palenque, Chis.); Comité de Defensa Integral de Derechos Humanos Gobixha A.C. (CODIGODH) (Oaxaca, Oax.); Comité de Derechos Humanos “Fr. Pedro Lorenzo de la Nada”, A.C. (Ocosingo, Chis.); Comité de Derechos Humanos “Sierra Norte de Veracruz”, A.C. (Huayacocotla, Ver.); Comité de Derechos Humanos Ajusco (Ciudad de México); Comité de Derechos Humanos de Colima No Gubernamental A.C. (Colima, Col.); Comité de Derechos Humanos de Comalcalco, A.C. (CODEHUCO) (Comalcalco, Tab); Comité de Derechos Humanos de Tabasco, A.C. (CODEHUTAB) (Villahermosa, Tab); Comité de Derechos Humanos y Orientación Miguel Hidalgo, A.C. (Dolores Hidalgo, Gto.); Comité de Familiares de Detenidos Desaparecidos “Hasta Encontrarlos” (Ciudad de México); Comité Sergio Méndez Arceo Pro Derechos Humanos de Tulancingo, Hgo A.C. (Tulancingo, Hgo.); Consultoría Técnica Comunitaria A.C. (CONTEC) (Chihuahua); El Caracol, A.C. (Ciudad de México); Estancia del Migrante González y Martínez, A.C. (Querétaro, Qro.); Frente Cívico Sinaloense. Secretaría de Derechos Humanos (Culiacán, Sin.); Fundación para la Justicia y el Estado Democrático de Derecho (Ciudad de México); Indignación, A.C. Promoción y Defensa de los Derechos Humanos (Mérida, Yuc.); Instituto de Derechos Humanos Ignacio Ellacuria, S.J. Universidad Iberoamericana- Puebla (Puebla, Pue.); Instituto Mexicano de Derechos Humanos y Democracia (Ciudad de México); Instituto Mexicano para el Desarrollo Comunitario, A.C. (IMDEC) (Guadalajara, Jal.); Justicia, Derechos Humanos y Género, A.C. (Ciudad de México); La 72, Hogar-Refugio para Personas Migrantes (La 72) (Tenosique, Tabasco); Mujeres Indígenas por la Conservación, Investigación y Aprovechamiento de los Recursos Naturales, A.C. (CIARENA) (Oaxaca); Promoción de los Derechos Económicos, Sociales y Culturales (PRODESCAC) (Estado de México); Proyecto de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (ProDESC) (Ciudad de México); Proyecto sobre Organización, Desarrollo, Educación e Investigación (PODER) (Ciudad de México); Red Solidaria de Derechos Humanos, A.C. (Morelia, Michoacán); Respuesta Alternativa, A.C. Servicio de Derechos Humanos y Desarrollo Comunitario (San Luis Potosí); Servicios de Inclusión Integral, A.C. (SEIINAC) (Pachuca, Hgo.); Tequio Jurídico A.C. (Oaxaca, Oax.); Uno de Siete Migrando A.C. (Chihuahua, Chih.); VIHas de Vida (Guadalajara, Jal.); Voces Mesoamericanas, Acción con Pueblos Migrantes A.C. (San Cristóbal de las Casas, Chiapas).


[1] Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública (2020). Registro Nacional de Datos de Personas Extraviadas o Desaparecidas (RNPED). Disponible en: https://rnped.segob.gob.mx/

[2] Comisión Nacional de Búsqueda (2020). Informe sobre fosas clandestinas y registro nacional de personas desaparecidas o no localizadas, 6 de enero de 2020. Disponible en: https://bit.ly/3dTqrkZ

[3] La Comisión Nacional de Búsqueda (CNB) indicó que estas cifras pueden variar, ya que la Fiscalía General de la República y 20 fiscalías estatales aún no han actualizado su registro histórico y entregado la información. Hasta el momento se desconoce la metodología utilizada para la actualización del registro y tampoco se ha hecho pública la base de datos.

[4] En noviembre de 2018, el Comité contra las Desapariciones Forzadas de la ONU señaló en sus observaciones finales al Estado Mexicano que “lamenta profundamente que se mantiene una situación de desapariciones generalizadas en gran parte del territorio del Estado parte y que imperen la impunidad y la revictimización. Comité contra la Desaparición Forzada de la ONU, Observaciones finales y de seguimiento del Comité sobre México, CED/C/MEX/FU/1, 19 de noviembre de 2018. Disponible en:

https://www.hchr.org.mx/images/CED_C_MEX_FU_1_33066_S.pdf, párrafo 3.

La preocupación también fue señalada por el Comité de Derechos Humanos de la ONU, que examinó el sexto informe periódico de México (CCPR/C/MEX/6) en sus sesiones 3653ª y 3654ª (CCPR/C/SR.3653 y 3654), celebradas los días 16 y 17 de octubre de 2019, https://www.hchr.org.mx/index.php?option=com_k2&view=item&id=1336:comite-de-derechos-humanos-observaciones-finales-sobre-el-sexto-informe-periodico-de-mexico&Itemid=282

Además, en agosto de 2019, en una decisión histórica, el Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas señaló por primera vez la responsabilidad de México por el delito de desaparición forzada, Caso de Christian Téllez Padilla. Dictamen aprobado por el Comité al tenor del artículo 5, párrafo 4, del Protocolo Facultativo, respecto de la comunicación núm. 2750/2016: https://tbinternet.ohchr.org/_layouts/15/treatybodyexternal/Download.aspx?symbolno=CCPR%2fC%2f126%2fD%2f2750%2f2016&Lang=en

[5] Monroy, Jorge (2020)  “Encinas acusa resistencias por parte de gobiernos estatales para enfrentar desaparición de personas” El Economista. 10 de junio. Disponible en: https://www.eleconomista.com.mx/politica/Encinas-acusa-resistencias-por-parte-de-gobiernos-estatales-para-enfrentar-desaparicion-de-personas-20200610-0073.html. Incluso refirió: “el solo hecho de hacer público el número de desapariciones, de fosas clandestinas, de cuerpos exhumados que hemos venido desarrollando en los últimos meses, ha ocasionado reclamos de los gobiernos de los estados que siguen en una lógica de querer minimizar u ocultar el problema.”

[6] Comisión Nacional de Búsqueda (2020). Informe sobre fosas clandestinas y registro nacional de personas desaparecidas o no localizadas, 6 de enero de 2020. Disponible en: https://bit.ly/3dTqrkZ

[7] IDHEAS, FIDH, Observatorio Ciudadano de Derechos de las Víctimas (2020) Efectos de la pandemia por COVID-19 sobre los derechos humanos de las y los familiares de personas desaparecidas y/o localizadas sin vida y la respuesta del Estado mexicano. Disponible en: https://www.idheas.org.mx/publicaciones-idheas/publicaciones-idheas-litigio-estrategico/efectos-de-la-pandemia-de-covid-19-en-el-disfrute-de-los-derechos-humanos-de-las-y-los-familiares-de-personas-desaparecidas-y-o-localizadas-sin-vida-y-la-respuesta-del-estado-mexicano/

[8] Como lo señaló el Comité de Derechos Humanos de la ONU quien examinó el sexto informe periódico de México (CCPR/C/MEX/6) en sus sesiones 3653ª y 3654ª (CCPR/C/SR.3653 y 3654), celebradas los días 16 y 17 de octubre de 2019. https://www.hchr.org.mx/index.php?option=com_k2&view=item&id=1336:comite-de-derechos-humanos-observaciones-finales-sobre-el-sexto-informe-periodico-de-mexico&Itemid=282

[9] Para más información, consultar Centro Prodh (2019) Patrones de impunidad. Deficiencias en la investigación de violaciones a derechos humanos y alternativas en el poder judicial. Disponible en:  https://centroprodh.org.mx/2019/07/29/6595/

[10] Al respecto, la Fiscalía General de la República (FGR) afirmó haber iniciado, de 2006 a 2018, 1,144 investigaciones penales a nivel federal por dichos delitos, iniciando acción penal en 19. En 2019, solamente se judicializaron 4 expedientes (0.29%) y no hubo ninguna sentencia.

[11] IDHEAS y FIDH (2020) Situación de impunidad en México: Llamamos al Estado Mexicano  a reconocer la existencia de crímenes de lesa humanidad y remitir la situación de México a la Corte Penal Institucional. Disponible en: https://www.idheas.org.mx/publicaciones-idheas/publicaciones-idheas-litigio-estrategico/situacion-de-impunidad-en-mexico/

[12] Para más información consultar: Ortiz, Alexis (2020) 2019, el año con más mujeres víctimas en México, 3 de febrero, El Universal. Disponible en: https://www.eluniversal.com.mx/nacion/2019-el-ano-con-mas-mujeres-victimas-en-mexico

[13] La FGR presentó una reducción de 1,500 millones de pesos de presupuesto para este año 2020. La Fiscalía Especializada en Investigación de Delitos de Desaparición Forzada tiene apenas un presupuesto de 0.11% del total de la FGR y la Unidad Especializada de Investigación del Delito de Tortura cuenta con apenas 0.005% del presupuesto total de la FGR. Ello implica que cuenta con 158 pesos por cada expediente de investigación de tortura.

[14] Siete entidades federativas aún no cuentan con una Comisión Estatal de Atención Integral a Víctimas: Aguascalientes, Baja California, Baja California Sur, Guanajuato, Hidalgo, Oaxaca y Sonora.

[15] Para más información, consultar: Equis (2020) (Des)protección judicial en tiempos de COVID 19. Disponible en:  https://equis.org.mx/wp-content/uploads/2020/03/DESProteccion_Informe.pdf

[16] Asilegal (2020) ¿Qué está sucediendo en los centros penitenciarios ante el COVID-19? Disponible en: https://asilegal.org.mx/mapa-penitenciario-covid-19/. Estas cifras incluyen a 661 personas privadas de libertad contagiadas y 87 fallecidas, así como a 96 custodias/os y personal penitenciario contagiadas y 27 fallecidas.

[17] Ibíd.

[18] Que han insistido en buscar alternativas a la prisión y considerar beneficios carcelarios. Comisión Interamericana de Derechos Humanos, Resolución No. 01/20. Pandemia y Derechos Humanos en las Américas, Washington, OEA-CIDH, 2020, pp. 16 y 17. Disponible en https://www.oas.org/es/cidh/decisiones/pdf/Resolucion-1-20-es.pdf

Para más información consultar, Centro Prodh (2020) Personas privadas de libertad frente al COVID-19, 20 de abril, Animal Político. Disponible en: https://www.animalpolitico.com/la-lucha-cotidiana-de-los-derechos-humanos/personas-privadas-de-libertad-frente-al-covid-19/.

[19] Publicada en el Diario Oficial de la Federación el 22 de abril de 2020.

[20] Únicamente a nivel federal y aplicará a favor de personas indígenas, mujeres que hayan sido condenadas por aborto, delitos como sedición, entre otros particulares.

[21] 56 eran del fuero federal —el cual es el ámbito de aplicación de dicha ley—, 2 mil 16 del fuero común, 496 no se identificó el fuero, y 9 ya habían alcanzado su libertad. Boletín No. 203/2020 de la Secretaría de Gobernación del Gobierno de México, 23 de junio de 2020. Disponible en https://www.gob.mx/segob/prensa/cumple-secretaria-de-gobernacion-mandato-establecido-en-ley-de-amnistia-instala-y-sesiona-comision-que-recibira-solicitudes

[22] OACNUDH (2015) Recomendaciones posteriores a la visita al país del Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Derechos humanos. Disponible en: https://www.hchr.org.mx/index.php?option=com_content&view=article&id=587:recomendaciones-a-mexico-del-alto-comisionado-de-la-onu-para-los-derechos-humanos-sr-zeid-zeid-ra-ad-al-hussein-y-respuesta-del-estado-mexicano&catid=17&Itemid=278

 Comisión Interamericana de Derechos Humanos (2015). Informe de país: Situación de los derechos humanos en México. Disponible en: http://www.oas.org/es/cidh/informes/pdfs/Mexico2016-es.pdf

[23] Incluso ha aumentado el número de homicidios dolosos y ha profundizado las graves violaciones a derechos humanos, registrándose el 2019 como el año más violento, de acuerdo al último informe del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública (SNSP), que registró más de 34,000 homicidios dolosos. Disponible: https://www.gob.mx/sesnsp/articulos/informacion-sobre-violencia-contra-las-mujeres-incidencia-delictiva-y-llamadas-de-emergencia-9-1-1-febrero-2019

[24]  La CNDH recibió 32 quejas contra la Guardia Nacional.  Comisión Nacional de los Derechos Humanos (2020). Respuesta de solicitud de trasparencia. Disponible en: https://www.animalpolitico.com/wp-content/uploads/2020/01/3510000132819.pdf

[25] La Ley de la Guardia Nacional establece (en su transitorio segundo) que para acceder a puestos de mando (como las Coordinaciones) se requiere contar con tiempo de servicio en la institución de procedencia por treinta años. Considerando que la Policía Federal tiene menos de 20 años de creación, muchos de estos puestos serían accesibles únicamente para elementos de las FFAA.

[26] La CNDH registró en 2019 al menos 32 expedientes de queja por presuntas violaciones a derechos humanos de la Guardia Nacional, en los primeros cinco meses de su operación. Para más información, consultar:  Redacción Animal Político (2020) CNDH registra 32 quejas contra Guardia Nacional por presuntas violaciones de derechos. 9 de enero, Animal Político. Disponible en: https://www.animalpolitico.com/2020/01/cndh-guardia-nacional-quejas-violaciones-derechos/

[27] Principios que limitan la actuación de las Fuerzas Armadas de acuerdo a los estándares internacionales, en particular, en la sentencia de la Corte IDH caso Alvarado Espinoza y otros vs. México, 2018.

[28] ONU-DH México (2020) Preocupa a la ONU-DH Acuerdo que dispone de las Fuerzas Armadas para tareas de seguridad pública, 13 de mayo. Disponible en:

https://www.hchr.org.mx/index.php?option=com_k2&view=item&id=1446:preocupa-a-la-onu-dh-acuerdo-que-dispone-de-las-fuerzas-armadas-para-tareas-de-seguridad-publica&Itemid=265

[29] Como el que se ordenó en la sentencia de la Corte IDH Mujeres Víctimas de Tortura Sexual en Atenco Vs. México, 2018.

[30] https://www.eluniversal.com.mx/estados/caso-de-giovanni-lopez-uno-de-tantos-de-brutalidad-policiaca

[31] Article 19 (2020) Periodistas asesinados en México, en relación con su labor informativa. Disponible en:  https://articulo19.org/periodistasasesinados/ 

[32] Red TDT (2018) Desde la memoria … la esperanza. Recuento de asesinatos de personas defensoras de derechos humanos durante el sexenio de Enrique Peña Nieto (1 de diciembre de 2012 al 31 de octubre de 2018). Disponible en: https://redtdt.org.mx/?p=12409

[33] Red TDT (2020) 2019 año de contrastes y confrontaciones. Disponible en: https://redtdt.org.mx/?p=14826

[34] Article 19, Ibíd.

[35] Paulina Gómez Palacio, Karla Camarena, Adán Vez, Isaac Medardo, Eugui Roy Martinez, Elizabeth Montaño.

[36] Consultar Méndez, Ernesto (2020) Van 10 defensores ambientales asesinados durante pandemia. 27 de mayo, Excélsior. Disponible en: https://bit.ly/3fPxwEp

[37] Maria Elena Ferral, Victor Fernando Álvarez, Jorge Miguel Armenta Ávalos, José Luis Castillo Alemán. Así mismo, las organizaciones Article 19 y CIMAC han documentado 69 agresiones contra la prensa relacionadas con coberturas de la pandemia (25 contra hombres, 36 contra mujeres y 8 contra medios), lo que supone un 43% del total de agresiones documentadas en este periodo. Preocupa de manera especial, el repunte de violencia contra las comunicadoras y mujeres periodistas, que recibieron el 52,7% de las agresiones, así como el alto índice de agresiones cometidas por servidores públicos (67,5%).

[38] Karla Camarena, asesinada el 31 de marzo de 2020, y Elizabeth Montaño, desaparecida el 10 de junio y hallada sin vida el 18 de junio de 2020.

[39] SEGOB (2019) Informe Estadístico Marzo 2019. Mecanismo para la Protección de Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas. Disponible en: https://bit.ly/2V7JfpW

[40] SEGOB (2020) Decreto por el que se establecen medidas de austeridad, y se da continuidad a megaproyectos, 23 de abril. Disponible en: https://bit.ly/3fNyOQu

[41] SEGOB (2020) Acuerdo por el que se dispone de la Fuerza Armada permanente para llevar a cabo tareas de seguridad pública, 11 de mayo. Disponible en: https://bit.ly/2Z23kz6

[42] Comisión Estatal de Derechos Humanos Jalisco (2020) Emite CEDHJ Informe especial sobre detenciones arbitrarias en el contexto de las medidas sanitarias durante la pandemia por Covid-19, Boletín núm.49/20, Guadalajara, Jalisco, junio. Disponible en: https://bit.ly/2BuTkXf

[43] Article 19 (2018) Declaraciones de AMLO frente a la prensa contravienen su deber de tolerancia a la crítica, 19 de octubre. Disponible en: https://bit.ly/2V3ltvi.

También véase el caso de Samir Flores: Moricela Cruz, Rubicela (2020) Exigen a AMLO esclarecer el asesinato de Samir Flores, 23 de febrero, La Jornada. Disponible en: https://bit.ly/2Yltait

[44] G. Hinojosa, V. Schaafsma y M. Meyer (2019) Justicia para periodistas y defensoras de derechos humanos en México, 29 de marzo, WOLA. Disponible en: https://bit.ly/3hKUy1b

[45] CMDPDH et al. (2020) Atención a víctimas: austeridad y presupuesto son la punta del iceberg de los problemas estructurales que ha arrastrado la CEAV desde su creación, 4 de junio. Disponible en: https://bit.ly/2BDgR8b

[46] Documentación realizada por las organizaciones Article19 y CIMAC.

[47] Documentación realizada por la Red Nacional de Mujeres Defensoras de Derechos Humanos en México y Consorcio Oaxaca.

[48] Foro UNESCO (2020) Participación del Lic. Aaron Mastache, titular del Mecanismo Federal de Protección para Personas Defensoras y Periodistas, 21 de mayo. Disponible en: https://bit.ly/2Yncl6F

[49] ONU, Examen Periódico Universal – México, 7 de noviembre de 2018. Disponible en: https://bit.ly/37Tqqfe

[50] ONU (2020) Directrices relativas a la COVID-19 relativas a la defensa de derechos humanos y la libertad de expresión. Disponible en: https://bit.ly/3fN6MV

CIDH (2020) Resolución 1/2020 pandemia y derechos humanos en las Américas, 10 de abril. Disponible en: https://bit.ly/2Z0opdo

[51] INEGI (2017) Estadísticas a propósito del día internacional de la eliminación de la violencia contra la mujer (25 de noviembre)”, 23 de noviembre, p. 4. Disponible en https://www.inegi.org.mx/contenidos/saladeprensa/aproposito/2017/violencia2017_Nal.pdf

[52] Diagnóstico sobre mujeres desaparecidas  en el Estado de México de IDHEAS, Litigio Estratégico en Derechos Humanos y el Instituto Mexicano de Democracia y Derechos Humanos: https://www.idheas.org.mx/publicaciones-idheas/diagnostico-mujeres-desaparecidas-en-el-estado-de-mexico/

[53] Comisión Nacional de Búsqueda (2020). Informe sobre fosas clandestinas y registro nacional de personas desaparecidas o no localizadas, 6 de enero de 2020. Disponible en: https://bit.ly/3dTqrkZ

[54] Para mayor información, favor de consultar el capítulo sobre violencia contra las mujeres- Informe conjunto de IDHEAS, Litigio Estratégico en Derechos Humanos y la Comisión Mexicana de Defensa y Promoción de los Derechos Humanos al Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas en el marco del sexto examen de México: https://www.idheas.org.mx/publicaciones-idheas/publicaciones-idheas-litigio-estrategico/comite-de-derechos-humanos-sexto-examen-medico/

[55] Consorcio Oaxaca (2020) Violencia  Feminicida en Oaxaca. La pandemia que no cesa. Disponible en: https://consorciooaxaca.org/violencia-feminicida-en-oaxaca-la-pandemia-que-no-cesa/

[56] Para más información, consultar el informe de la Red TDT (2020) Impunidad feminicida. Radiografía de datos oficiales sobre violencias contra las mujeres (2017-2019). Disponible en: https://redtdt.org.mx/mujeres/wp-content/uploads/sites/11/2020/03/131019-informe-de-mujeres-6.pdf

[57] Amnistía Internacional, Equis, Red Nacional de Refugios, Red Nacional de Casas de la Mujer Indígena (2020) Comunicado para medios. OSCs informan los resultados de la reunión con autoridades federales, para atender las violencias contra las mujeres durante y después de la pandemia, 25 de mayo. Disponible en https://drive.google.com/file/d/19Mm_kbuwVAU2OnSS79xo9XdtTtxZrR1N/view?fbclid=IwAR1KK3UJXDoJGBi5DaUL3ods2IxSGPBO2LX9LQWcdR0A-RB363xPcbwWHYo

[58] Itxaro Arteta (2020) Hacienda retiene los recursos para la atención a violencia contra mujeres indígenas, Animal Político, 4 de mayo. Disponible en: https://www.animalpolitico.com/2020/05/hacienda-retiene-recursos-atencion-violencia-mujeres-indigenas/

[59] Para más información, consultar EQUIS, Justicia para las Mujeres (2020) ¿Derechos aplazables? el Poder Judicial frente a la población penitenciaria durante la pandemia por COVID-19. Disponible en: https://equis.org.mx/wp-content/uploads/2020/05/Informe_DerechosAplazables.pdf

[60] Para más información, consultar EQUIS, Justicia para las Mujeres (2019) Violencia contra las mujeres e impunidad: ¿más allá del punitivismo?, p.13. Disponible en: https://equis.org.mx/wp-content/uploads/2020/05/Informe_Impunidad_Y_Violencia.pdf

[61] GIRE (2018) La pieza faltante. Justicia reproductiva en México. Disponible en: https://justiciareproductiva.gire.org.mx/#/

[62] Presidencia de la República (2020). Versión estenográfica de la conferencia de prensa matutina | Viernes 15 de mayo de 2020. Disponible en: https://bit.ly/3inMeEM

[63]  INEGI (2020) Estadísticas a propósito del Día del Niño. Datos Nacionales. Comunicado de Prensa Núm. 164/20, 28 de abril. Disponible en: https://www.inegi.org.mx/contenidos/saladeprensa/aproposito/2020/EAP_Nino.pdf

[64] CONEVAL (2018) Medición de la pobreza. Pobreza en México. Resultado de pobreza en México 2018 a nivel nacional y por entidades federativas. Disponible en: https://www.coneval.org.mx/Medicion/MP/Paginas/Pobreza-2018.aspx

[65] INEGI (2019) Censo Nacional de Procuración de Justicia Estatal 2019. Disponible en: https://www.inegi.org.mx/programas/cnpje/2019/

[66] Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública (2020) Datos Abiertos de Incidencia Delictiva. Disponible en: https://www.gob.mx/sesnsp/acciones-y-programas/datos-abiertos-de-incidencia-delictiva?state=published

[67] Comisión Nacional de Búsqueda, Conferencia de Prensa, 6 de enero de 2020.

[68] CIDH (2015) Violencia, niñez y crimen organizado. OEA/Ser.L/V/II Doc.40/15. Disponible en: http://www.oas.org/es/cidh/informes/pdfs/ViolenciaNinez2016.pdf

[69] CONEVAL (2020) La política social en el contexto de la pandemia por el virus SARS-CoV-2 (COVID-19) en México. Disponible en: https://www.coneval.org.mx/Evaluacion/IEPSM/Documents/Politica_Social_COVID-19.pdf

[70] Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública (2020) Información sobre violencia contra las mujeres. Incidencia delictiva y llamadas de emergencia 9-1-1. Centro Nacional de Información. Disponible en: https://drive.google.com/file/d/1yVfgnItDgQC88zr2fnHW4lE8MwmzuPi0/view

[71] INEGI (2017) Módulo de Trabajo Infantil (MTI) 2017. Disponible en:  https://www.inegi.org.mx/programas/mti/2017/default.html#Datos_abiertos

[72] https://serapaz.org.mx/ante-la-preocupante-vulnerabilidad-de-pueblos-y-comunidades-frente-a-covid-19-organizaciones-de-la-sociedad-civil-piden-un-espacio-de-dialogo/

[73] https://serapaz.org.mx/monitoreo-de-comunidades-indigenas-y-equiparables-ante-la-emergencia-sanitaria-por-el-virus-sars-cov-2/

[74] El Centro Mexicano de Derecho Ambiental (CEMDA) ha monitoreado que, de enero de 2012 hasta diciembre de 2019, se contabilizaron 499 ataques contra personas defensoras del medio ambiente y 83 asesinatos, la mayoría siendo personas defensoras indígenas. Información del reporte “Informe sobre la situación de las personas defensoras de los derechos humanos ambientales 2019” Disponible en: https://www.cemda.org.mx/wp-content/uploads/2020/03/informe-personas-defensoras-2019.pdf

[75] El Censo Nacional de Gobierno, Seguridad Pública y Sistema Penitenciario Estatales 2019 estima que la población indígena privada de libertad es de 5,804 personas (usando el criterio lingüístico exclusivamente). Dato disponible en: https://www.inegi.org.mx/contenidos/programas/cngspspe/2019/doc/cngspspe_2019_resultados.pdf y según información retomada por AsíLegal en base a datoos abiertos de la Dirección General de Epidemiología de la Secretaría de Salud  a 21 de junio de 2020, 2,053  presos indígenas estaban contagiados por Covid-19.

[76] El discurso oficial utilizado por el INM ha hecho uso de distintos términos para referirse a la detención migratoria, a la que ha nombrado como “presentación” (artículo 3 fracción XX de la Ley Migración),  “alojamiento”,  “rescate”  o “aseguramiento”, eufemismos que han minimizado los efectos que las acciones de contención y detención tienen sobre las personas en contexto de movilidad humana y sus familiares.

[77] El artículo 7 de la Ley de Migración autoriza a la autoridad migratoria a habilitar espacios para recibir a personas que por alguna razón no pueden ser trasladadas a una EP tipo A o B o a una EM.

[78] La llegada masiva de personas en contexto de movilidad humana a la frontera sur de Estados Unidos nuevamente generó una gran presión sobre el gobierno mexicano, dando lugar a la firma del Acuerdo Migratorio entre los dos países, a través del cual, México se compromete a registrar y controlar las entradas en la frontera así como a desplegar a la Guardia Nacional por todo el territorio, y en especial en la frontera sur.

[79] La EM Siglo XXI, en Tapachula (Chiapas) tiene capacidad para 960 personas; la EM de Acayucan (Veracruz) para 836 personas y la EM “Las Agujas” en la Ciudad de México para 464 personas.

[80] La precaria situación en que se encuentran las personas en detención migratoria ha dado lugar a la emisión de recomendaciones por parte de la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH), como la 47/2017 mediante la cual se evidencian los riesgos que implican las llamadas “áreas de aislamiento”, sobre todo a partir de un caso de suicidio que se registró en 2015 en la Estación Migratoria Siglo XXI.

CNDH (2017) Recomendación No. 47/2017. Sobre el caso de violaciones a los derechos humanos a la protección a la salud y a la integridad personal cometidas en agravio de V1 y V2, personas en contexto de migración, en la Estación migratoria del Instituto Nacional de Migración en Tapachula Chiapas. 29 de septiembre de 2017. Disponible en: https://www.cndh.org.mx/documento/recomendacion-472017

[81] Barja Coria, Joselin (coord.) (2015) Derechos Cautivos. La situación de las personas migrantes y sujetas a protección internacional en los Centros de detención migratoria: siete experiencias de monitoreo de la Sociedad Civil. p. 66. Disponible en: https://sinfronteras.org.mx/docs/inf/inf-derechos-cautivos.pdf

[82] Colectivo de Observación y Monitoreo de Derechos Humanos del Sureste mexicano y Grupo Impulsor contra la Detención Migratoria y la Tortura (2020) Comunicado: La Guardia Nacional reprime con violencia una protesta en el centro de detención migratoria de Tapachula, 25 de marzo. Disponible en: http://caravanamigrante.ibero.mx/uploads/monitoreos_pdf/55bd8633c327481d5b40ddfd81455917.pdf 

Mandujano, Isaín (2020)  Migrantes se amotinan en estación del INM en Tapachula y se fugan 14. Revista Proceso, 24 de marzo. Disponible en: https://www.proceso.com.mx/623037/migrantes-se-amotinan-en-estacion-del-inm-en-tapachula-y-se-fugan-14

[83] ADN 40 (2020) Motín en estación migratoria de Tabasco deja al menos un muerto. 1 de abril. Disponible en: https://www.adn40.mx/noticia/mexico/notas/2020-04-01-08-07/motin-en-estacion-migratoria-de-tabasco-deja-al-menos-un-muerto

[84] Aristegui Noticias (2020) Petición de refugio en México creció 125% en 2019, se registraron más de 66 mil solicitudes: SEGOB, 1 de enero. Disponible en: https://aristeguinoticias.com/0101/mexico/peticion-de-refugio-en-mexico-crecio-125-en-2019-se-registraron-mas-de-66-mil-solicitudes-segob

[85] Lagner, Ana (2020) Al alza, cifra de personas que solicitan refugio en México: expertos. La Jornada, 13 de febrero. Disponible en: https://www.jornada.com.mx/ultimas/politica/2020/02/13/al-alza-cifra-de-personas-que-solicitan-refugio-en-mexico-expertos-5156.html

[86] Cantillo, Paulo (2019). Refugiarán a más con menos dinero; Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados. Excélsior, 13 de junio. Disponible en:  https://www.excelsior.com.mx/nacional/refugiaran-a-mas-con-menos-dinero-comision-mexicana-de-ayuda-a-refugiados/1318361

[87] Unidad de Política Migratoria, Subsecretaría de Derechos Humanos, Población y Migración (2020). Niñas, niños y adolescentes en situación migratoria irregular, desde y en tránsito por México. Disponible en: http://portales.segob.gob.mx/work/models/PoliticaMigratoria/CEM/Estadistica/NNA/NNA_Sintesis_2019.pdf

[88] Ibid.

[89] PODER, Proyecto sobre Organización, Desarrollo, Educación e Investigación (2020) Cabify durante COVID-19: o te recortas el sueldo o renuncias. Rindecuentas, 1 de abril.  Disponible en: https://www.rindecuentas.org/reportajes/2020/04/01/cabify-durante-el-covid-19-o-te-recortas-el-sueldo-o-renuncias/

[90] VV.AA. (2020) Profundamente preocupante la renovación del acuerdo de comercio Unión Europea-México: Organizaciones de la Sociedad Civil europea. Stop Corporate Impunity, 29 de abril. Disponible en: https://www.stopcorporateimpunity.org/acuerdo-ue-mexico-profundamente-preocupante-para-la-sociedad-civil-europea/?lang=es

[91] Se utiliza el acrónimo LGBT para hacer referencia a las personas lesbianas, gays, bisexuales y transgénero. Estas siglas se derivan de las orientaciones sexuales, identidades y expresiones de género. A diferencia del acrónimo LGBTTT o LGBTTTIQ, el acrónimo LGBT se apega al marco internacional de derechos humanos.

[92] CONAPRED, CNDH, UNAM, CONACYT, UNAM (2017) Encuesta Nacional de Discriminación 2017. Principales Resultados. Disponible en: https://www.inegi.org.mx/contenidos/programas/enadis/2017/doc/enadis2017_resultados.pdf

[93] CEAV y Fundación Arcoiris (2018) Diagnóstico Nacional sobre la discriminación a las personas LGBTI en México. Derecho a la salud. Disponible en: https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/437845/FINAL._Diagn_sticoNacionalSalud_1.pdf

[94] CEAV y Fundación Arcoiris (2018) Diagnóstico Nacional sobre la discriminación a las personas LGBTI en México. Derecho a la educación. Disponible en: https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/437842/FINAL._Diagn_sticoNacionalEducaci_n_1.pdf

[95] CEAV y Fundación Arcoiris (2018) Diagnóstico Nacional sobre la discriminación a las personas LGBTI en México. Derecho al trabajo. Disponible en: https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/438166/Diagn_sticoNacionalTrabajo_CEAV_OK.pdf

[96] CEAV y Fundación Arcoiris (2018) Diagnóstico Nacional sobre la discriminación a las personas LGBTI en México. Derecho a la seguridad y acceso a la justicia. Disponible en: https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/459446/FINAL._Diagn_sticoNacionalJusticia_1.pdf

[97] Letra S (2019). Violencia extrema. Los asesinatos de personas LGBTTT en México: los saldos del sexenio (2013-2018). Disponible en: http://www.letraese.org.mx/wp-content/uploads/2019/05/Informe-cr%C3%ADmenes-2018-v2.pdf

[98] VV.AA. (2020) Observatorio Nacional de crímenes de odio contra personas LGBT. Disponible en: http://www.fundacionarcoiris.org.mx/agresiones/panel

[99] Tapia, Jacqueline (2020) Dios pide que reflexionen. La Razón de México, 5 de abril. Disponible en: https://www.razon.com.mx/opinion/jacqueline-lhoist-tapia-dios-pide-que-reflexionen/


ANEXO 1: FICHAS DE CASOS

 FICHA No.1

CASO: AGENCIA DE NOTICIAS DEL ESTADO MEXICANO, NOTIMEX
Elaborado por : Article 19 México y Centroamérica
El 12 de mayo del presente año, la organización ARTICLE 19, en conjunto con Signa_Lab[1] del Instituto Tecnológico y de Estudios Superiores de Occidente (ITESO)1 y Aristegui Noticias, publicaron un informe[2] que señala que directivas de la Agencia de Noticias del Estado (NOTIMEX) organizan acciones coordinadas para agredir a periodistas y extrabajadores que consideran “adversarios”. El segundo informe[3], publicado el 18 de junio, contiene videos, testimonios e imágenes como evidencia de los ataques orquestados por la directora de Notimex, Sanjuana Martínez Montemayor, usando cuentas falsas – e incluso cuentas oficiales -– en contra de críticos de su gestión, ya sea  extrabajadores de la agencia o ajenos. La evidencia revela el uso de dos chats: “Fiesta de Halloween” y “SOS”, cuyas comunicaciones constatan amenazas a quienes se nieguen a participar en una “estrategia de redes”, armada por funcionarios de Notimex, donde se ataca a  periodistas, exfuncionarios y críticos. ARTICLE 19 entrevistó a 14 personas con conocimiento directo de lo que sucede al interior de la sala de redacción de NOTIMEX. Los testimonios coinciden en que Martínez Montemayor ha instruido a su personal a utilizar cuentas personales y crear perfiles falsos con el fin de defender su gestión al frente de la Agencia de Noticias y acosar a periodistas. Ante las revelaciones realizadas, lejos de encontrar una respuesta diligente y efectiva por parte del Estado mexicano, las y los defensores pertenecientes a Signa Lab y ARTICLE 19, así como la periodista Carmen Aristegui y su equipo han sido blanco de denostaciones por parte de la dirección de NOTIMEX, además de ataques sistemáticos y masivos a través de redes sociales, vulnerando la seguridad de quienes integran dichas organizaciones y medios. Los ataques escalaron el 19 de junio, cuando Martínez Montemayor, la titular de NOTIMEX, publicó en su cuenta de Twitter una amenaza de inicio de acciones legales contra quienes han conducido las investigaciones de referencia: “Les informo que he dejado en manos de mis abogados las acciones judiciales contra quienes resulten responsables por el daño a mi imagen. Como ciudadana y como periodista tengo derecho a defenderme de la calumnias y de la campaña negra iniciada hace más de un mes por intereses oscuros”. Esto contraviene estándares internacionales de libertad de expresión y derechos humanos pues no debe usarse el derecho penal en contra de periodistas y organizaciones de la sociedad civil que dan a conocer abusos de poder de personas por parte de personas servidoras públicas. El caso Notimex muestra mal uso de recursos públicos y abuso de poder, pues coacciona e intimida a su equipo para diseñar y ejecutar campañas de odio, descrédito y calumnia en contra de periodistas, excolaboradores y personas a quienes Sanjuana Martínez considere adversarios, por lo que debe ser destituida de su cargo mientras se conducen las investigaciones judiciales para determinar las responsabilidades legales por estas actuaciones. Actividades pendientes en materia de acceso a la justicia Que el Gobierno informe de qué medidas va a tomar de aquí en adelante para garantizar que la dirección de la Agencia de Noticias del Estado no sea utilizada con fines distintos a los otorgados por la Ley así como evitar el uso del derecho penal para atacar a quienes han alertado y dado a conocer lo que sucede al interior de la Agencia de Noticias. Que la  Secretaría de la Función Pública informe el estatus de la denuncia que ARTICLE 19 presentó el 5 de junio de 2020, la cual busca la investigación  del posible uso de recursos públicos por parte de NOTIMEX.Que el gobierno mexicano brinde las  garantías necesarias para que trabajadores y trabajadores de NOTIMEX puedan denunciar – públicamente y sin temor a represalias – las órdenes ilegales que han recibido de la directora para denigrar periodistas.      

[1] Signa_Lab es un laboratorio interdisciplinario del Instituto Tecnológico y de Estudios Superiores de Occidente (ITESO) que trabaja para la generación y gestión de conocimiento libre, análisis de redes y repositorio abierto.

[2] Article 19 (2020) Directiva de NOTIMEX ataca periodistas y organiza campañas de desprestigio en redes sociales. Disponible en: https://articulo19.org/directiva-de-notimex-ataca-periodistas-y-organiza-campanas-de-desprestigio-en-redes-sociales/

[3] Article 19 (2020) La “guerra está en Twitter”: evidencia confirma tácticas de la dirección de Notimex para atacar periodistas. Disponible en: https://articulo19.org/directiva-de-notimex-ataca-periodistas-y-organiza-campanas-de-desprestigio-en-redes-sociales/

FICHA No.2

CASO: LYDIA CACHO
Elaborado por : Article 19 México y Centroamérica
  Lydia María Cacho Ribeiro, periodista y defensora de derechos humanos, fue sometida a actos de tortura psicológica y física, tocamientos e insinuaciones sexuales, amenazas de muerte, violencia verbal y física, así como actos de discriminación por razón de género durante y después de la detención arbitraria ocurrida el 16 de diciembre de 2005. Fue trasladada de Quintana Roo a Puebla, luego de su detención originada en una denuncia por el delito de difamación en el Estado de Puebla por parte del empresario Kamel Nacif Borge, en probable colusión con altas autoridades mexicanas ejecutivas y judiciales, con la intención de castigo por el ejercicio de la libertad de expresión en el libro “Los demonios del Edén”.   Posterior a los hechos, la periodista presentó denuncias por actos de tortura, detención arbitraria y por amenazas, debido a que fue hostigada por exigir justicia frente a la tortura que sufrió.   En el estudio de los hechos, el Comité de Derechos Humanos del Sistema de Naciones Unidas concluyó en su decisión final de la Comunicación 2767/2016 que se habían vulnerado los derechos de la periodista, por tanto, el Estado mexicano debía 1)Realizar una investigación imparcial, pronta y exhaustiva sobre los hechos denunciados, 2)Procesar, juzgar y castigar con penas adecuadas a las personas halladas responsables, 3) Ofrecer compensación adecuada, 4)Adoptar medidas de no repetición.   En abril de 2019, la Fiscalía General de la República solicitó órdenes de aprehensión contra personas que habían participado en la planeación y materialización de la tortura a Lydia Cacho y que pertenecen a una red de poder: Mario Marín (Ex Gobernador de Puebla – autor intelectual), Kamel Nacif (empresario), Adolfo Káram (Ex Jefe de la Policía Judicial), así como altos mandos de la policía y policías ministeriales que materializaron el plan para afectar la integridad de la periodista.   En Julio de 2019, la periodista sufrió el allanamiento de su hogar en Quintana Roo. Ella no se encontraba al momento de los hechos, pero sufrió robo de información sensible de sus investigaciones sobre pederastia, así como de material de trabajo y fue asesinada una de sus perras guardianas.   Actividades pendientes en materia de acceso a la justicia   Detención de Mario Marín, Kamel Nacif y Adolfo Káram, como presuntos responsables de los hechos constitutivos de tortura de los días 16 y 17 de diciembre de 2005, contra Lydia Cacho. Identificación de responsables materiales e intelectuales del allanamiento al domicilio de la periodista, el día 21 de julio de 2019 y su consignación ante autoridades judiciales. Que la Fiscalía General de la República, a través de la Fiscalía Especial para la Atención de Delitos cometidos contra la Libertad de Expresión​, estudie de manera integral y coordinada tanto los hechos constitutivos de tortura como el allanamiento aludido, puesto que podrían resultar de la misma maquinación para castigar a la periodista, aprovechando la estructura de poder político y económico que gozan sus perpetradores.  

FICHA No.3

CASO: PATRÓN DE ATAQUES SISTEMÁTICO CONTRA DEFENSORAS DE DERECHOS HUMANOS (CONSORCIO OAXACA)
Elaborado por : Consorcio para el Diálogo Parlamentario y la Equidad Oaxaca
Consorcio para el Diálogo Parlamentario y la Equidad Oaxaca (Consorcio Oaxaca) es una organización feminista dedicada desde hace 17 años a la promoción de los derechos de las mujeres así como a la protección de defensoras y defensores de Derechos Humanos en Oaxaca, México y en la región mesoamericana. Existe un patrón sistemático de ataques contra la organización. Tan sólo desde la entrada en función del gobernador actual, Alejandro Murat, además de procesos de constantes difamaciones, vigilancia e intervención de comunicaciones, la organización sufrió 5 allanamientos en la oficina y domicilios particulares. Cabe destacar que las denuncias que han sido interpuestas por estos allanamientos no cuentan con avance alguno. Durante el 2020, la organización registró al menos 21 ataques en contra de la organización y/o sus integrantes, siendo los más frecuentes difamaciones y expresiones de odio en redes sociales y medios. Dichos ataques propician deslegitimación e incitan a la violencia. El último hecho fue registrado en fecha 15 de junio de 2020 cuando fue encontrada en la puerta de la sede de la organización una bolsa negra con pedazos de carne, al parecer una cabeza de animal. Al lado de la bolsa se encontraba una cartulina con la inscripción “VAJALE DE HUEVOS PERRA LA PRÓXIMA ES LA TUYA ATTE. CJNG. La denuncia de este hecho se realiza ante la Fiscalía General de la República. Cabe destacar que desde el 2012, Consorcio Oaxaca es beneficiaria de medidas cautelares de la Defensoría de los Derechos Humanos del Pueblo de Oaxaca, mismas que nunca se han cumplido a cabalidad. De allí que, frente al incremento del nivel de riesgo y falta de garantías, luego del ataque del 15 de junio de 2020, la organización solicitó su incorporación al Mecanismo Nacional de Protección a Personas Defensoras y Periodistas. La amenaza del 15 de junio se dio en el contexto del acompañamiento a la campaña “Hasta que la Justicia Llegue”, que tiene por objetivo esclarecer la verdad sobre el feminicidio de María del Sol Cruz Jarquín, hija de la defensora Soledad Jarquín, asesinada el 2 de junio de 2018. Los ataques contra Soledad Jarquín también se han recrudecido a raíz de la campaña. Es urgente garantizar la protección de integrantes de la organización Consorcio Oaxaca y de Soledad Jarquín Edgar; así como la pronta y diligente investigación de la amenaza de muerte en contra de la organización.

FICHA No.4

CASO: DETENCIÓN ARBITRARIA, TORTURA Y OTRAS GRAVES VIOLACIONES A DERECHOS HUMANOS DE DAMIÁN GALLARDO MARTÍNEZ
Elaborado por : Consorcio por el Diálogo Parlamentario y la Equidad Oaxaca
Damián Gallardo Martínez es indígena Ayuujk, defensor de la educación. El 18 de mayo de 2013, entraron con lujo de violencia a su domicilio para detenerlo arbitrariamente, y estuvo incomunicado durante 30 horas. A partir de ese momento ha sido víctima de tortura entre otras graves y repetidas violaciones a sus derechos. Permaneció 5 años y 7 meses en el CEFERESO No 2 de Puente Grande, Jalisco, sin sentencia. El 28 de diciembre de 2018 fue dictada libertad absolutoria. Las graves violaciones a sus derechos han sido reconocidas por organismos nacionales e internacionales, entre otras: • Recomendación 5/2018 de la CNDH. • Opinión 23/2014 del Grupo de Trabajo sobre Detención Arbitraria de la ONU. • El caso ha sido presentado ante el Comité Contra la Tortura de la ONU. • Ha sido presentada petición de reparación integral del daño ante CEAV.   A 7 años de las graves violaciones, siguen impunes y no reparadas; urgen resultados en las investigaciones y castigo a los responsables de la tortura y demás violaciones cometidas, así como la reparación integral del daño.

FICHA No.5

CASO: FREDY GARCÍA RAMÍREZ, CRIMINALIZACIÓN DE LA DEFENSA DE LA TIERRA Y EL TERRITORIO
Elaborado por : Consorcio por el Diálogo Parlamentario y la Equidad Oaxaca
Fredy García Ramírez es indígena zapoteco de 28 años. Se desempeñaba como vocero del Comité por la Defensa de los Derechos Indígenas (CODEDI) hasta su detención arbitraria el 6 de noviembre de 2019. Esta detención arbitraria se dio como parte de un patrón de graves ataques y criminalización contra la organización CODEDI, organización indígena referente en la Sierra Sur y Costa de Oaxaca por su defensa de los derechos a la autodeterminación de los pueblos indígenas y defensa de la tierra y el territorio en un contexto de incremento de megaproyectos en la región. Durante el año 2018 y hasta la fecha, incluido este último hecho, se dieron: 5 asesinatos[1], 6 detenciones arbitrarias, 3 allanamientos y robos, 2 intentos de asesinato, amenazas constantes contra integrantes de CODEDI y militarización de la zona en la que se encuentra su centro de capacitación. Hasta la fecha los asesinatos y otros ataques permanecen en la impunidad. Organismos internacionales se pronunciaron sobre los ataques en contra de CODEDI: el 5 de octubre del 2018, fue emitida una comunicación conjunta[2] por 4 procedimientos especiales de la ONU expresando preocupación por los asesinatos y detenciones arbitrarias documentadas contra CODEDI, misma que fue desestimada por el Estado Mexicano. Asimismo, el 26 de julio del 2019, integrantes de la Comisión Política de CODEDI, incluido Fredy García Ramírez fueron incorporados al Mecanismo Nacional de Protección de Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas sin que hasta la fecha se hayan implementado medidas para garantizar su seguridad culminando con la detención arbitraria de Fredy García. Fredy García se encuentra actualmente bajo régimen de prisión preventiva oficiosa, vinculado a proceso acusado de asalto, robo y lesiones. Tenía fecha para la audiencia intermedia fijada para el mes de marzo de 2020; sin embargo, ésta fue suspendida por causa de la emergencia sanitaria y es incierto cuando se reiniciaran las audiencias. Se encuentra recluido en el penal de Tanivet, Tlacolula Oaxaca, donde ha denunciado la falta de alimentación y atención médica adecuadas, las limitaciones arbitrarias en los tiempos de visita y los malos tratos. Asimismo, en el contexto de la pandemia denunció a partir del 15 de mayo 2020, falta de atención médica frente a un número elevado de personas con síntomas de COVID-19. Fue finalmente atendido el 2 de junio 2020[3]. Hasta la fecha no existe información oficial sobre la situación de salud de internos y posible brote de Covid-19 ni tampoco medidas que hayan sido tomadas frente a esta situación. Es urgente la liberación de Fredy García, el cese a los ataques, el castigo a los responsables de los 5 asesinatos de integrantes de CODEDI. Urge también que las autoridades informen sobre la situación y medidas tomadas en el penal de Tanivet en el contexto de la pandemia.  

[1] El 12 de febrero 2018 fueron asesinados Alejandro Antonio Díaz Cruz, Ignacio Basilio Ventura Martínez y Luis Ángel Martínez en la carretera al regresar de una reunión con el Gobierno del Estado; el 17 de julio 2018 fue asesinado Abraham Hernández González, Coordinador Regional de CODEDI en la Sierra Sur, luego de que entrarán a su domicilio ubicado en la comunidad de Salchi, San Pedro Pochutla; y el 25 de octubre 2018 fue acribillado Noel Castillo Aguilar en Barra de la Cruz, Santiago Astata.

[2] Comunicación conjunta disponible en: https://spcommreports.ohchr.org/TMResultsBase/DownLoadPublicCommunicationFile?gId=24055

[3] https://consorciooaxaca.org/comunicado/

FICHA No.6

CASO: DEFENSORAS/ES COMUNITARIOS DE SAN MATEO DEL MAR, ATAQUES ARMADOS Y ALTO RIESGO PARA PERSONAS DEFENSORAS
Elaborado por : Consorcio para el Diálogo Parlamentario y la Equidad Oaxaca
A partir del 2 de mayo de 2020, se ha agudizado la situación de violencia y se dieron 3 ataques armados en San Mateo del Mar. Dicha situación se da en el contexto de las recientes elecciones de octubre de 2019, proceso en el que resultó electo como presidente municipal el C. Bernardino Ponce Hinojosa y que estuvo lleno de irregularidades, violando garantías del pueblo ikoots y el sistema normativo interno tradicional. Dicho proceso desató un conflicto que hasta la fecha no ha sido atendido por las autoridades del Gobierno del Estado de Oaxaca, a pesar de las reiteradas demandas de la población y agencias comunitarias. A partir del día 2 de mayo, se alertó de dicha situación sin que se haya proporcionado la atención necesaria por parte de las autoridades responsables, de allí que la situación de violencia se siguió agudizando. El día 21 de junio se registró un ataque armado en el que al menos 15 personas fueron asesinadas y otras 30 resultaron lesionadas. Estos hechos se dan también en un clima de incertidumbre, chismes, difamación y deslegitimación en contra de personas defensoras, en particular mujeres que defienden sus derechos como pueblo indígena ikoots y se han opuesto a la imposición de megaproyectos eólicos y el Corredor Transístmico en la zona. Los distintos niveles de gobierno deben garantizar los derechos humanos, el cese a la violencia, así como realizar una pronta y diligente investigación incluyendo la presunta participación del presidente municipal en los hechos. Alertamos frente al alto riesgo en el que se encuentran personas defensoras en la comunidad.    

FICHA No.7

CASO: PABLO LÓPEZ ALAVEZ, CRIMINALIZACIÓN DE LA DEFENSA DEL AGUA
Elaborado por : Consorcio para el Diálogo Parlamentario y la Equidad Oaxaca
El 15 de agosto de 2010, el defensor de derechos humanos indígena zapoteco Pablo López Alavez fue detenido de manera arbitraria y con lujo de violencia en las cercanías del Río Virgen en su comunidad San Isidro Aloapam, agencia de San Miguel Aloapam, Ixtlán. Al momento de su detención, Pablo López contaba con una trayectoria de más de 20 años de defensa comunitaria al haber ejercido diversos cargos comunitarios, mismos que lo llevaron a representar a su comunidad en los procesos de denuncia de tala ilegal de árboles y exigencia de conservación del bosque de su comunidad. El defensor fue detenido de forma particularmente violenta por un grupo de más de 15 hombres encapuchados, sin orden de aprehensión y agrediendo también a los familiares que se encontraban con él. Como parte de las graves consecuencias de este proceso de criminalización cabe destacar el desplazamiento forzado de su esposa y defensora de DH Yolanda Pérez Cruz así como las constantes y graves amenazas contra la defensora y sus familiares, mismas que derivaron en la emisión de medidas cautelares a su favor a través de la Defensoría de los Derechos Humanos del Pueblo de Oaxaca, medidas que siguen sin ser cumplidas y que han significado un proceso de discriminación racista y revictimización particularmente graves. Las graves violaciones cometidas en contra del defensor y de su familia fueron reconocidas a nivel internacional con la emisión en junio del 2017 de la opinión 23/2017[1] por parte del Grupo de Trabajo sobre Detención Arbitraria de las Naciones Unidas. Esta opinión es una de las 6 opiniones emitidas por el Grupo de Trabajo sobre casos de personas defensoras criminalizadas en Oaxaca, la mayoría indígenas y todas con un patrón similar de tortura, incomunicación y otras graves violaciones. En su opinión 23/2017, los expertos de la ONU piden la inmediata liberación de Pablo López así como la debida reparación del daño. Pese a ello, a tres meses de la emisión de la opinión, y tras un proceso plagado de irregularidades, fue dictada sentencia condenatoria a 30 años de prisión, misma que fue confirmada en noviembre del 2018. En 2020, fue concedido amparo en contra de la sentencia condenatoria. La reposición del procedimiento se encuentra parada debido a la pandemia de COVID-19. Urge la resolución de la reposición del procedimiento, misma que debe redundar en la liberación del defensor de DH Pablo López Alavez. Urgen también garantías para Yolanda Pérez Cruz y la defensa de la tierra y el territorio en Oaxaca.  

[1] https://www.ohchr.org/Documents/Issues/Detention/Opinions/Session78/A_HRC_WGAD_2017_23.pdf

FICHA No.8

CASO: MARÍA DEL SOL CRUZ JARQUÍN, FEMINICIDIO EN CONTEXTO DE VIOLENCIA POLÍTICA
Elaborado por : Consorcio para el Diálogo Parlamentario y la Equidad Oaxaca
El día 2 de junio de 2018, María del Sol Cruz Jarquín, joven fotógrafa periodista de 27 años, fue víctima de feminicidio en un contexto de violencia política. Se desempeñaba como jefa de comunicación de un departamento de la Secretaría de Asuntos Indígenas (SAI). A partir del 16 de abril de 2018, fue comisionada ilegalmente y contra su voluntad por el titular de la SAI para cubrir la campaña electoral de su hermano: Hageo Montero López, candidato a la presidencia municipal de Juchitán. En este contexto, la joven fotorreportera fue asesinada con armas de alto calibre, junto con la candidata a concejala Pamela Terán Pineda y el joven Adelfo Guerra Jiménez. A partir del asesinato de María del Sol, su madre, Soledad Jarquín Edgar, ha luchado incansablemente para obtener justicia para su hija. Interpuso todos los recursos legales correspondientes; suplió al Estado al aportar en todo momento pruebas y documentación necesarias para agilizar las investigaciones; sin embargo, se encontró con encubrimiento y resistencias políticas de alto nivel, mismas que redundan en la falta de acceso a la justicia. Soledad Jarquín interpuso denuncia ante la Fiscalía General del Estado de Oaxaca; se integró una carpeta de investigación, misma que fue judicializada al ser detenido uno de los presuntos responsables dos meses después del feminicidio. Sin embargo, como ha sido señalado por el propio Tribunal Superior de Justicia del Estado, la investigación carece de perspectiva de género y debido a las carencias de la Fiscalía en la integración de la carpeta, el presunto responsable no fue vinculado a proceso dejando abiertas todas las puertas para la impunidad en este caso, impactando asimismo en la mala integración en relación a la vinculación a proceso de otro presunto responsable en junio de 2019. Además, el Fiscal General del Estado se ha caracterizado por negar la atención a la defensora, por descalificarla públicamente, por realizar aseveraciones difamatorias sobre su estado de salud mental y dejarla en alta vulnerabilidad al retirar unilateralmente las medidas de protección.[1] La defensora también interpuso otros recursos, mismos que tampoco han avanzado. La queja electoral concluyó en la imposición de multa a Hageo Montero López, misma que hasta la fecha no ha sido cubierta sin que implicara sanción alguna. La denuncia electoral y el procedimiento administrativo se encuentran parados a pesar de que cuentan con todos los elementos necesarios para vincular a proceso. Tampoco existe avance alguno en el expediente abierto en la Defensoría de los Derechos Humanos del Pueblo de Oaxaca. Por otro lado, la exigencia de justicia realizada por Soledad Jarquín significó un grave incremento de su situación de riesgo; de allí que fue incorporada al Mecanismo Nacional de Protección a Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas. En el contexto de COVID-19, se ha suspendido la audiencia prevista en relación a un presunto responsable vinculado a proceso. De allí que el proceso judicial se encuentra parado, no así los ataques contra quienes exigen justicia por el feminicidio, encabezados por Soledad Jarquín Edgar con el acompañamiento de Consorcio Oaxaca. Es urgente el avance en las investigaciones y castigo a los autores materiales e intelectuales del feminicidio de María del Sol Cruz Jarquín y demás delitos cometidos.  

[1] Página3 (2019) Dice Fiscal que no cede a presiones que manipulan información con objetivos personales económicos y políticos. Disponible en: https://pagina3.mx/2019/06/dice-fiscal-que-no-cede-a-presiones-que-manipulan-informacion-con-objetivos-personales- economicos-y-politicos/.

Retira Fiscalía medidas de seguridad a la periodista Soledad Jarquín, disponible en: https://mvmnoticias.com/2019/06/12/retira-fiscalia-medidas-de-seguridad-a-la-periodista-soledad-jarquin/.

FICHA No.9 

CASO: FEMINICIDIO DE ALONDRA GUADALUPE GONZÁLEZ ARIAS
Elaborado por :  Amnistía Internacional México
Resumen del caso Alondra Guadalupe González Arias, de 20 años, vivía en Tlajomulco de Zúñiga, Jalisco. El 10 de marzo de 2017, Alondra fue encontrada sin vida con signos evidentes de violencia en el departamento en el que había convivido con su expareja. Alondra había dado a luz diez días antes a su segundo bebé. La muerte de Alondra pudo haberse evitado. Las múltiples omisiones por parte del estado de Jalisco contribuyeron a su muerte. Descripción del caso: Alondra Guadalupe González Arias, mujer de 20 años, fue encontrada sin vida la mañana del 10 de marzo de 2017 en el departamento que compartía con su pareja en Tlajomulco de Zúñiga, Jalisco.   De acuerdo con la información recibida por Amnistía Internacional, Alondra Guadalupe González Arias puso una denuncia por malos tratos contra su pareja el 6 de febrero de 2017. En respuesta a la denuncia de Alondra, el mismo 6 de febrero una agente del Ministerio Público del Centro de Justicia para las Mujeres de Jalisco emitió órdenes de protección por duración de 30 días. Según los registros disponibles, las órdenes de protección no fueron notificadas a las autoridades encargadas de proteger a Alondra ni al presunto agresor. El Estado de Jalisco incumplió con su deber de debida diligencia para asegurar la activación e implementación de las órdenes de protección de Alondra.   En abril de 2019 la Comisión Estatal de Derechos Humanos del Estado de Jalisco emitió la Recomendación 05/2019 en que señala que el Estado de Jalisco pudo haber evitado el feminicidio de Alondra. En esa recomendación, la Comisión de Derechos Humanos establece una serie de medidas para reparar integralmente el daño a la madre, la hija y el hijo de Alondra. Hasta la fecha no se han implementado todas las medidas que garanticen la no repetición de los hechos y prevengan efectivamente los feminicidios en Jalisco. Peticiones al Estado Mexicano 1. Gobernador del Estado de Jalisco, Mtro. Enrique Alfaro Ramírez: dar cumplimiento a la totalidad de las medidas incluidas en la Recomendación 05/2019, y hacer efectiva la  reparación integral del daño para la familia de Alondra, asegurando garantías de no repetición. Más información https://amnistia.org.mx/contenido/index.php/alondra/ Organizaciones acompañantes Amnistía Internacional Sección Mexicana y el Comité de América Latina y el Caribe para la defensa de los derechos de las Mujeres (CLADEM)

FICHA No.10 

CASO: FEMINICIDIO DE KARLA PONTIGO
Elaborado por :  Amnistía Internacional México
Resumen del caso Karla Pontigo era una estudiante de nutrición de 22 años de San Luis Potosí, que fue encontrada el 28 de octubre de 2012 con una herida en la pierna y desangrándose en el lugar donde trabajaba los fines de semana. La Procuraduría General de Justicia del Estado concluyó que su muerte fue un accidente, a pesar de que presentaba varias heridas y golpes, y la autopsia realizada registró evidencia de una agresión sexual. Su familia sigue buscando justicia desde entonces. La muerte violenta de Karla debe ser investigada como feminicidio. Descripción del caso Karla Pontigo, de 22 años, fue víctima de feminicidio en San Luis Potosí. La noche del 28 de Octubre de 2012 su hermano fue a buscarla al bar donde trabajaba y, después de forzar la entrada, la encontró en el suelo, gravemente herida y sin poder comunicarse. Karla murió en la madrugada del 29 de octubre en el hospital debido a las graves lesiones en su cuerpo.   La investigación de la muerte violenta de Karla presentó diversas irregularidades de acuerdo con la recomendación 55/2015 de la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH).[1] No protegieron la escena del crimen y esto hizo que el área fuera limpiada.No tomaron fotografías de la escena del crimen.No protegieron la cadena de custodia de las muestras y las pruebas.Perdieron las pruebas que podían establecer si Karla había sufrido agresión sexual.Le negaron a la familia acceso al expediente desde el primer momento.No tomaron en cuenta las pruebas de acoso sexual presentadas por la madreNo investigaron con perspectiva de género.   A pesar de todo, la familia ha seguido luchando por justicia y el caso de Karla fue llevado a la Corte Suprema de Justicia de la Nación el 1 de julio de 2015, para ser resuelto 4 años después, el 13 de noviembre de 2019. En su decisión final, la Corte declaró que la muerte de Karla debe ser investigada con perspectiva de género y que se debe de investigar y juzgar a las autoridades que negaron a la familia el derecho al debido proceso y al acceso a la verdad.   La decisión de la Corte es, después de 8 años de lucha, un gran logro para la familia. Sin embargo, las autoridades aún no han hecho efectivas las diligencias necesarias para dar cumplimiento a la Sentencia de la Corte y la recomendación de la CNDH. Peticiones al Estado Mexicano A la Fiscalía General del Estado de San Luis Potosí, Mtro. Federico Arturo Garza Herrera:  Cumpla con la sentencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación e investigue el asesinato de Karla como feminicidio. Gobernador del Estado de San Luis Potosí, Dr. Juan Manuel Carreras López: Reparación integral del daño para la familia de Karla y garantías de no repetición. Más información https://amnistia.org.mx/contenido/index.php/karla-pontigo-fue-victima-de-feminicidio/ Organizaciones acompañantes Amnistía Internacional Sección Mexicana y Fundación para la Justicia y el Estado Democrático de Derecho

[1] Disponible en: https://www.cndh.org.mx/documento/recomendacion-552015

FICHA No.11 

CASO: TREN MAYA
Elaborado por : Indignación, Promoción y Defensa de los D.H., A.C.
  Desde diciembre de 2018, se anunció el plan de desarrollo llamado “Tren Maya”, el cual plantea la construcción de infraestructura vial y ferroviaria con el argumento de que será “motor del desarrollo inmobiliario, comercial y turístico de la Península de Yucatán”. El proyecto comprende, entre otros, 1,460 kilómetros de ferrocarril de velocidad media, varias estaciones de ferrocarril, infraestructura vial, acueductos así como nuevos centros de población y polos de desarrollo, mismos que afectarán más de 50 municipios de 5 estados del sureste la República mexicana (Chiapas, Tabasco, Yucatán, Campeche y Quintana Roo)[1], donde viven actualmente diversas poblaciones indígenas y campesinas, entre las que se encuentran los pueblos originarios Ch’ol, Tseltal, pueblos Mayenses, Akatekos, Awakatekos, Chuj, Ixil, Jakalteko, Kaqchikel, Q’eqchi, Q’anjob’ales, K’iches, Mame, y Maya.[2]   A pesar de ser una de las principales obras de la actual administración, dicho proyecto ha sido omiso al momento de proporcionar información clara que permita vislumbrar cuáles son los alcances y efectos que tendrá no sólo hacia los pueblos originarios afectados, sino también hacia la biodiversidad y el patrimonio cultural de los pueblos. Al respecto, es preciso señalar que un informe encargado por el Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología (Conacyt) ha advertido que el proyecto generará diversas afectaciones ambientales, sociales, económicas, culturales y patrimoniales. Afectará las selvas altas, los pantanos y sabanas; los macizos de selva más grandes y en mejor estado de conservación de México y Mesoamérica, áreas con manglar y otros humedales. Estos ecosistemas sufrirán alteraciones (degradación, fragmentación y deforestación) asociadas con la construcción, circulación y desarrollo propuesto por el proyecto del Tren Maya[3].   Como ejemplo de lo señalado en ese informe, se afirma que este proyecto impactará una de las zonas más biodiversas del mundo, ya que atravesará por la selva maya -segundo pulmón forestal de América Latina después de la Amazonia-, fragmentándola y causando impactos irreversibles a la biodiversidad, al suelo y al agua. El proyecto afectará el Corredor Biológico Mesoamericano[4] propiciando la degradación, deforestación y fragmentación de veintitrés áreas protegidas a nivel estatal y federal por su importancia ambiental. Algunas de estas Áreas Naturales Protegidas son además patrimonio de la Humanidad (la Biosfera de Sean Ka’an y Calakmul). También se afectarán siete regiones terrestres prioritarias y once regiones hidrológicas prioritarias. Algunos estudios consideran que este proyecto podría convertirlas en áreas biológicamente inhóspitas. El acuífero Península de Yucatán que abarca el estado de Yucatán y casi la totalidad de los estados de Campeche y Quintana Roo cubriendo poco más de 120,000 kilómetros cuadrados es el acuífero de mayor recarga anual en el país convirtiéndolo en un acuífero de crucial importancia para el país.   El megaproyecto en cuestión, aunque afecta de manera directa a comunidades indígenas de al menos 4 de las 5 entidades federativas, se ha ido erigiendo sin la participación de los pueblos originarios y de otros sectores de la sociedad. Para este proyecto no existió un diálogo preliminar con las comunidades para tomar su parecer y conocer sus necesidades y pasando por alto el derecho que tienen a decidir libremente su futuro y su visión de desarrollo, violando un derecho que se encuentra constitucionalmente protegido, que es el derecho  a la libre determinación. Si bien existieron reuniones entre funcionarios de FOMATUR y representantes de algunas comunidades afectadas, lo cierto es que dichas reuniones no cumplieron con el estándar mínimo del derecho a la consulta, tal como lo señaló la Oficina en México del Alto Comisionado de Naciones Unidas. Más información en los siguientes links: http://indignacion.org.mx/comunicado-sobre-el-proyecto-tren-maya-en-el-marco-de-la-visita-presidencial-para-su-promocion/ http://indignacion.org.mx/el-tren-maya-observaciones-del-equipo-indignacion-tras-la-consulta-al-pueblo-maya-peninsular/ http://indignacion.org.mx/290-organizaciones-colectivos-comunidades-y-personas-exigen-el-cese-de-las-actividades-del-proyecto-del-tren-maya-por-riesgo-sanitario-solicitan-garantias-de-participacion-equitativas-para-las-com/ http://indignacion.org.mx/organizaciones-de-sociedad-civil-y-residentes-de-los-tres-estados-de-la-peninsula-solicitan-la-intervencion-de-la-cndh-por-avance-del-tren-maya/  

[1] Información en la página oficial del Tren Maya. Disponible en: http://www.trenmaya.gob.mx/

[2] Información del Atlas del Gobierno Mexicano: http://atlas.cdi.gob.mx/

[3] Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología Territorios mayas en el paso del tren: situación actual y riesgos previsibles, Diciembre de 2019.

[4] https://www.biodiversidad.gob.mx/corredor/corredorbiomeso.html

FICHA No.12

CASO: PROYECTO INTEGRAL MORELOS
Elaborado por : FRENTE DE PUEBLOS EN DEFENSA DE LA TIERRA, PUEBLA, TLAXCALA Y MORELOS, FPDT PTM
  Descripción del Proyecto. El Proyecto Integral Morelos (PIM) comenzó a construirse desde el año 2012 y es un proyecto energético que consta de dos centrales de ciclo combinado de 620 Mw cada una, un gasoducto de 160 km de 32’’ con capacidad de transportar 320 mpc de gas natural, dos acueductos de 12 km de 26’’ y 12’’ para transportar el agua de consumo y descarga de la termoeléctrica y 1 red de alta tensión de 20 km. La primera termoeléctrica fue construida por la empresa española Abengoa y la segunda está en proyecto; la operación de la termo corresponde a la Comisión Federal de Electricidad (CFE); el gasoducto se encuentra concesionado a 25 años a las empresas españolas Elecnor y Enagas, por medio de la empresa mexicana Gasoducto Morelos S.A.P.I. de C.V. El PIM tiene por objetivo, además de la generación eléctrica, impulsar el crecimiento industrial en las faldas del volcán Popocatépetl en los estados de Morelos, Puebla y Tlaxcala.   Estado del Proyecto: El gasoducto se encuentra construido en su totalidad, la termoeléctrica en su 99%, reportándose en 2015 fallas técnicas en el periodo de pruebas y los acueductos se encuentran parados en los últimos 100 mts. de su trayecto desde el año 2017, por un plantón de diversos ejidos que se oponen a que ocupen su agua de riego agrícola para el funcionamiento de la termoeléctrica. El PIM, además de una oposición social en el territorio afectado por el Frente de Pueblos en Defensa de la Tierra y el Agua Morelos, Puebla, Tlaxcala, ejidos de Ayala, Morelos y Asamblea Permanente de los Pueblos de Morelos, enfrenta una oposición legal de más de 15 amparos agrarios y de comunidades indígenas que mantienen suspendido el suministro del agua para la termoeléctrica, así como su descarga y la operación del gasoducto. El proyecto no cumplió con la obligación de consultar a las comunidades indígenas afectadas y muchas de las autorizaciones de los ejidos fueron amañadas e inventadas. El Presidente de la República, Andrés Manuel López Obrador, impulsó una consulta ilegal el 23 y 24 de febrero de 2019 para obtener la aprobación para el funcionamiento de la termoeléctrica. La votación general aprobó por mayoría de un 9% el proyecto, pero en los municipios y poblaciones donde atraviesa el PIM, ganó el no a la termoeléctrica y el gasoducto. La imposición de la consulta, lejos de destensar el problema, lo agravó con el asesinato de Samir Flores, miembro de la comunidad de Amilcingo, Morelos.   Problemática del PIM: • La termoeléctrica se encuentra a 200 metros de la comunidad de Huexca, su kínder y secundaria. Durante el periodo de pruebas, el ruido de la termoeléctrica impedía la realización de la vida comunitaria y afectó el sistema nervioso y auditivo de la población, principalmente la niñez. • La cercanía de la comunidad de Huexca y la forma de la comunidad enjoyada, provocarán que las emisiones contaminantes de la termoeléctrica afecten los aparatos respiratorios, clima y vegetación de la comunidad y de la región Oriente de Morelos. • El uso del agua para el ciclo combinado de la termoeléctrica se pretende que provenga del agua que tienen en concesión los más de 20 ejidos del mpo. de Ayala por medio de ASURCO A.C. Ocupar el agua para la termoeléctrica implicará el desabasto del agua de riego que no alcanza para los ejidos de la región, cuna del zapatismo mexicano. Por su clima, calidad de tierras, agua y ubicación, la región del Oriente de Morelos es un importante productor agrícola del país. Encontrándose el uso del agua para el campo con mayor priorización que el agua para generación eléctrica o uso industrial. • Se desconoce la composición del agua de descarga de la termoeléctrica y no existen estudios específicos del impacto que causará dicho agua en el Río Cuautla, donde se pretende verter. La alta temperatura del agua, fue una de las recomendaciones a cuidar y modificar por parte de la Comisión enviada por la UNESCO en febrero de 2019. • El trazo del Gasoducto Morelos fue instalado en zona de riesgo del volcán Popocatépetl, específicamente en zona naranja y de lahares, los cuales el Centro Nacional para la Prevención de Desastres (CENAPRED) señaló como peligros significativos. El volcán Popocatépetl es un volcán de alta actividad y riesgo donde habitan en su zona de influencia más de 4 millones de personas en 5 estados. Los programas de ordenamiento territorial del volcán restringen la infraestructura de mayor riesgo y que promueva la industrialización de la zona porque ello llevaría a mayores riesgos de desastre y crecimiento poblacional. El gasoducto corta las rutas de evacuación del volcán Popocatépetl en los estados de Morelos, Puebla y Tlaxcala sin que existan protocolos construidos con la población en caso de emergencias. • El sismo del 19 de septiembre de 2017, cuyos epicentros se encuentran cerca de la zona del gasoducto, afectó gravemente a las poblaciones donde se encuentra instalado el PIM, por lo que el riesgo de desastres es aún mayor y no evaluado por el proyecto. • Prácticamente todo el territorio del PIM es territorio de pueblos originarios, con fuerte identidad y veneración hacia el volcán Popocatépetl, cerro sagrado para las comunidades. El proyecto fue impuesto sin obtener el consentimiento de las comunidades conforme el artículo 29 de la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, sino a través de la fuerza con amenazas, despojos, encarcelamientos injustos, persecución judicial, tortura, uso del ejército, policía estatal y federal, cierre de radios comunitarias y el asesinato del defensor Samir Flores Soberanes. La violación a ddhh por parte del PIM fue documentada por la Recomendación 003/2018 de la CNDH donde se reconoce que se violó el derecho humano a la consulta indígena de las comunidades, entre otros derechos. • El proceso de industrialización que impulsa el PIM se complica para los pueblos de la región al instalar un segundo gasoducto que rodea la comunidad de Huexca y sube hacia el volcán Popocatépetl. Del mismo modo que en Santa María Zacatepec, Puebla, la instalación del gasoducto está provocando la llegada de nuevos parques industriales y proyectos de drenajes industriales que pretenden contaminar el Río Metlapanapa que atraviesa por el territorio indígena de la comunidad. En Atlixco, Puebla, existen potenciales riesgos por la instalación de conjuntos residenciales al lado del gasoducto y la instalación de industrias en la región. • Existe una situación de grave riesgo sobre los defensores del territorio frente al PIM, sobre las radios comunitarias de la región y los pueblos afectados. Pues existen presiones por parte del Gobierno, las empresas y el crimen organizado.   Fondos públicos del Estado Español. El Gasoducto Morelos se construyó con fondos públicos del gobierno español, mediante el Fondo para la Internacionalización de la Empresa Española (FIEM), en cuyas directrices se establece la obligación de respetar los derechos humanos en los proyectos financiados por el FIEM. Sin embargo al pedir pobladores de las comunidades al personal del FIEM que inicie una investigación sobre las posibles violaciones de ddhh, el fondo respondió que no cuenta con protocolos para casos de violación, lo que deja en un estado de indefensión a las comunidades frente a los fondos de un Estado, así como deja ver el vacío de estructura institucional para que el Estado español garantice el cumplimiento de sus lineamientos y la efectiva promoción, respeto y protección de los ddhh.   Peticiones: Cancelación del PIM y reparación del daño a las comunidades, territorios y personas defensoras afectadas por el proyecto.   Peticiones específicas: • Solicitar al gobierno mexicano información sobre la posible violación de derechos humanos en el Proyecto Integral Morelos. • Instar al gobierno español a que diseñe los protocolos de investigación y sanción necesarios para los casos en que sus fondos provoquen violaciones a los derechos humanos, tomando como primer caso la instalación y funcionamiento del PIM. • Impulsar acciones de protección y abrir espacios de diálogo y difusión sobre la violación a los derechos humanos sobre el PIM, los cuales tiendan a contribuir a la resolución del conflicto y protección de los ddhh.  

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