CASO PABLO LÓPEZ ALAVEZ – FICHA INFORMATIVA

a)Datos generales

  • Causa penal: 102/2007, Juzgado Penal de Etla, Oaxaca.
  • Delitos de que se le acusa: Homicidio calificado.
  • Lugar de reclusión: Centro de Readaptación Social No. 2 de la Villa de Etla, Oaxaca.
  • Tiempo de reclusión: 12 años.
  • Situación Jurídica: Actualmente y después de haber sido ordenada la reposición del procedimiento, se encuentra en la etapa de instrucción, en el sistema penal tradicional.

b) Detención arbitraria y otras graves violaciones a sus derechos humanos

El 15 de agosto del 2010, Pablo López Alavéz fue detenido de manera arbitraria en las cercanías del Río Virgen en su comunidad San Isidro Aloapam por un grupo de aproximadamente 15 hombres quienes iban vestidos de negro, encapuchados y armados. Haciendo uso de violencia, este grupo de hombres, amenazaron al defensor y su familia, lo golpearon y subieron a una camioneta en donde lo mantuvieron por varias horas incomunicado, en ningún momento se identificaron o le mostraron alguna orden de aprehensión. Posteriormente fue entregado a elementos de la policía estatal quienes a su vez lo trasladaron a la Villa de Etla y pusieron a disposición del Ministerio Público de dicha demarcación, bajo los cargos de tentativa de homicidio y homicidio, en el expediente penal 102/2007 radicado en el juzgado penal de la Villa de Etla.

Desde su detención se desencadenaron una serie de violaciones graves a sus derechos humanos y garantías procesales, tales como la detención arbitraria en la que no le mostraron la orden de aprehensión, hubo incomunicación; a partir de la puesta a disposición ante el Juez Penal de la Villa de Etla, no fue considerada su calidad de integrante de un pueblo indígena y hablante de lengua zapoteca y no fue garantizada la asesoría jurídica profesional. 

  • Febrero 2019: Se interpuso juicio de Amparo Directo, en contra de la confirmación de sentencia de segunda instancia, mismo que fue admitido en el Primer Tribunal Colegiado en Materias Penal y del Trabajo del Decimotercer Circuito con residencia en San Bartolo Coyotepec, con el número 511/2019.
  • Febrero 2020: Fue concedido el Amparo federal a favor de Pablo López Alavez, para efectos de reponer el procedimiento por las graves violaciones procesales que se encontraron, es decir, el tribunal consideró que en el proceso penal se violaron sus garantías de debido proceso en tanto que el defensor no contó con un intérprete que conociera su lengua y cultura, así mismo, no contaba con abogado o abogada que contara con un título profesional; ordenando que se repusiera el proceso penal hasta el momento en el que Pablo López rindiera su declaración preparatoria.
  • Octubre 2020: Luego de 8 meses de dilación en cumplir la ejecutoria de amparo, se llevó a cabo la declaración preparatoria de Pablo López Alavez y el Juez Penal de la Villa de Etla, Oaxaca dictó nuevamente auto de formal prisión en su contra. Cabe destacar que la resolución que emitió el Juez, fue en términos idénticos a la resolución pasada dictada el 6 de diciembre del 2010, incluso se reprodujeron los mismos errores ortográficos y de sintaxis.
  • Además es particularmente grave que el juez no le concediera valor probatorio a las pruebas y documentales aportadas, excluyendo por ejemplo una documental pública que corrobora que el defensor se encontraba laborando en otro lugar en la fecha en que se desarrollaron los hechos de los que se le acusa, que dicha circunstancia también fue corroborada por el testimonio de las personas que declararon como testigos de descargo; tampoco analizó las inconsistencias y contradicciones en que incurrieron los testigos de cargo, así como las negligencias e inconsistencias existentes en las diligencias de averiguación previa.

c) Opiniones y recomendaciones de expertos internacionales sobre el caso 

  • Septiembre 2017: El Grupo de Trabajo sobre Detenciones Arbitrarias de la Organización de las Naciones Unidas emitió la opinión 23/2017[1] sobre este caso. Los expertos internacionales concluyeron que la detención de Pablo López fue arbitraria y en represalia a su labor de defensa de derechos humanos. Asimismo, recomendaron la liberación y reparación integral del daño. Hasta la fecha las recomendaciones de los expertos siguen sin haberse cumplida. 
  • Diciembre 2020: cinco relatores e integrantes de grupos de trabajo de la Organización de las Naciones Unidas emitieron la Acción Urgente UA MEX 14/2020[2] frente a las graves violaciones cometidas contra Pablo López Alavez.

[1] Naciones Unidas, Grupo de Trabajo sobre Detención Arbitraria, Opinión 23/2017, Disponible para la consulta en: https://www.ohchr.org/Documents/Issues/Detention/Opinions/Session78/A_HRC_WGAD_2017_23.pdf

[2] Naciones Unidas, Acción Urgente UA MEX 14/2020. Disponible para la consulta en: https://spcommreports.ohchr.org/TMResultsBase/DownLoadPublicCommunicationFile?gId=25783

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