• Sentencia emitida bajo criterios misóginos y sexistas, libera a César Chávez, acusado de violación
• Exigimos la renuncia del Juez Cuarto de lo Penal, por su falta de objetividad e imparcialidad
• Exigimos al Consejo de la Judicatura inicie investigación contra el juez que exige eyaculación para acreditar tipo penal de violación
• Se impugnará la retrograda sentencia que alienta a violar mujeres y garantiza impunidad
En el estado de Oaxaca se tiene conocimiento de 108 casos de violencia sexual de diciembre del 2016 a la fecha, tan sólo datos públicos a través de los diarios de noticias. Este tipo de violencia ocupa el segundo lugar en las agresiones más frecuentes hacia las mujeres en el estado de Oaxaca, sólo después de la violencia familiar.
A principios de agosto del 2014, se realizó la denuncia pública contra César Chávez, artista gráfico oaxaqueño perteneciente al colectivo ASARO (Asamblea de Artistas Revolucionarios de Oaxaca) y del proyecto Chicatana.
César Chávez, fue acusado penalmente por el delito de violación a quien se le ejecuto la orden de aprehensión el 26 de diciembre el 2016, fue ordenada su liberación el 16 de abril del 2018 por parte del Juez Cuarto de lo Penal, bajo argumentos estereotipados, prejuicios, burla y re victimizando a la víctima.
La resolución del Juez Cuarto, pone sobre la mesa la gravedad del machismo imperante en el poder Judicial que en el caso concreto la responsable de la violación es la víctima, por no gritar, no poner resistencia, argumentando que vale más el dicho del procesado que el de la víctima, exigiendo testigos de la violación y exigiendo la eyaculación como condición para la acreditación del tipo penal.
Aquí las consideraciones del Juez para ordenar la inmediata liberación de César Chávez:
¬ La mujer violada es una víctima indirecta (aun cuando ella es quien sufrió el daño directamente)
¬ La declaración de la mujer víctima siembra duda de la forma en que fue copulada por CESAR CHAVEZ, (no obstante que ella lo detalló claramente en su denuncia)
¬ Que la duda surge porque el acusado negó haber realizado actos de esa naturaleza, (cuando en la realidad jurídica y social sabe el juzgador que ningún agresor admite que cometió el delito).
¬ Que la víctima anteriormente había asistido a fiestas
¬ Que existen fotografías de la mujer víctima semidesnuda en otras fiestas. (está juzgando con estereotipos)
¬ Que los testigos no vieron el momento de la violación. (Aún cuando este tipo de delitos es de los que se cometen en forma oculta)
¬ Que no se probó que CESAR CHAVEZ haya obligado a la víctima a tener relaciones sexuales y que se advierte que la mujer no opuso resistencia (sin analizar que la mujer violada se encontraba dormida y por lo tanto en estado de indefensión psíquica y física)
¬ Que como da por hecho que la mujer no opuso resistencia, por eso el juzgador no se ocupa del análisis del delito.
¬ Que para considerar los elementos del juicio como demostrativos del delito y la culpabilidad del acusado, es necesario que tales elementos conlleven a esa conclusión sin esfuerzo alguno.
¬ Que el acusado en todo momento negó haber cometido el delito.
¬ Que no se acreditó que el acusado estuviera en el lugar de los hechos (aún cuando él mismo en su declaración se ubica en el lugar de los hechos, así como los testigos que presentó e incluso la victima exhibió la playera que portaba el agresor en día de los hechos).
¬ Que la mujer víctima no mencionó que haya gritado, sino que se quedó callada (Ella se encontraba dormida)
¬ Que las condiciones ginecológicas que presentó la mujer víctima pudieron haber sido causadas por otra persona
¬ Que las condiciones psicológicas en que se encontraba la víctima no acreditan que el acusado haya cometido el delito.
¬ Que resulta ilógico que no se haya encontrado espermatozoides
Los argumentos presentados por el Juez mandan un mensaje de justificación y permisibilidad de la violación contra las mujeres, trasladando la responsabilidad del delito sexual a la agredida y no en el agresor.
En Oaxaca queda marcado un grave precedente de impunidad y permisibilidad al delito de violación impuesta por el Juez Cuarto Penal, hacemos un llamado al presidente del Tribunal Superior de Justicia, al Consejo de la Judicatura Estatal para que se inicien los procedimientos de investigación sobre la grave actuación del juez de referencia.
Reafirmamos nuestra respaldo incondicional y solidaridad con la Victima del agresor y ahora victima del Juez Cuarto Penal, así como con todas las mujeres en Oaxaca que son víctimas de cualquier tipo de violencia, así como expresar nuestro compromiso con el derecho de las mujeres a acceder a la justicia. Nosotras sí creemos en el dicho de las mujeres.
Desde la indignación, le exigimos al Poder Judicial del estado de Oaxaca:
ϖ La destitución inmediata de Luis Salvador Cordero Colmenares, Juez Cuarto de lo Penal, por su falta de objetividad ante la violencia machista contra las mujeres y por el mensaje de permisibilidad que su sentencia conlleva ante la falta de aplicación de los instrumentos nacionales e internacionales con que se cuenta para lograr el acceso de las mujeres a una vida libre de violencia.
ϖ Inicio de procedimiento de responsabilidad en contra del Juez Cuarto de lo Penal por parte del Consejo de la Judicatura por su parcialidad evidente en la sentencia a favor de CESAR CHAVEZ VICTORIA ó CESAR ALBERTO CHAVEZ VICTORIA, que convierte al impartidor de justicia en un defensor y cómplice de la violencia contra las mujeres.
¡No pararemos hasta ver de nuevo en la cárcel a César Chávez!
No pararemos hasta que se destituya y sancione al Juez Cuarto de lo Penal
¡Exigimos justicia!
¡La palabra de las mujeres sí vale!
¡Nosotras no somos culpables de que nos violen!
Oaxaca de Juárez, 18 de abril del 2018
Organizaciones Feministas y mujeres de Oaxaca