Mediante informe a Comité CEDAW de la ONU alerta Consorcio Oaxaca frente a simulación y graves pendientes en materia de género en Oaxaca

En el transcurso de la semana del 22 de febrero 2021, en el marco del 78º periodo de sesiones del Comité para la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW) de las Naciones Unidas, el Estado Mexicano será evaluado en relación a sus avances para cumplir con cuatro recomendaciones prioritarias[1] sobre Alertas de Violencia de Género contra las Mujeres, Feminicidio, y Desaparición de niñas, adolescentes y mujeres.

En este marco, Consorcio Oaxaca presentó ante el Comité CEDAW un informe en el que da a conocer el panorama de la violencia de género y evalúa el estatus del cumplimiento de estas recomendaciones en el Estado de Oaxaca.

Como parte de los principales hallazgos, Consorcio Oaxaca alertó al Comité sobre la simulación que existe en torno a la política pública de género y presupuestos en la entidad federativa. Recalcó que a pesar de que el 11% del Presupuesto de Egresos del Estado[2] haya sido destinado en 2020 para Igualdad de Género, ello muy poco se tradujo en acciones concretas; como por ejemplo en los casos del Tribunal Superior de Justicia de Oaxaca (TSJO), de la Fiscalía General del Estado de Oaxaca (FGEO), de la Secretaría de Seguridad Pública de Oaxaca (SSPO) y de la Secretaría General de Gobierno (SEGEGO). Efectivamente, a pesar de que su presupuesto depende entre 35 y 53%[3] del presupuesto para igualdad de género, no desglosaron en sus programas acciones específicas en la materia, salvo una mención genérica en el caso del TSJO y una acción en el caso de la FGEO[4].  Más grave aún, en el caso de la SEGEGO, informó[5] que no asignó presupuesto para atención a la violencia contra las mujeres, cuando es su obligación atender y garantizar el acceso a la reparación del daño para las víctimas de violencia de género, lo que se hace más preocupante aún frente a la ausencia de una Comisión Estatal de Víctimas[6], misma que debería de haber sido instalada desde 2017.

En relación a la implementación de la Alerta de Violencia de Género (AVGM), Consorcio Oaxaca enfatizó que los avances han sido escasos y han dejado en segundo plano medidas enfocadas en garantizar la seguridad, acceso a la justicia y reparación para las mujeres; como por ejemplo en el caso de órdenes de protección.[7]  La organización destacó la gravedad del total desconocimiento en la materia por parte de la SSPO quien informó que no cuenta con información sobre órdenes de protección emitidas ni protocolos para verificar su implementación. Además de su preocupación frente a la ausencia de presupuestos suficientes y específicos para la implementación de la AVGM en Oaxaca.  

En relación al feminicidio y su investigación, la organización presentó a la CEDAW datos que dan cuenta de la poca utilización del tipo penal de feminicidio e investigación de asesinatos de mujeres como feminicidios, tal y como lo ilustra la gran diferencia entre las 124 averiguaciones o carpetas iniciadas por la FGEO a partir de la tipificación del feminicidio en octubre 2012[8] y los al menos 775 casos[9] registrados por Consorcio Oaxaca durante el mismo periodo. Alertó también frente a las graves carencias de la FGEO en cuanto a sistematización de datos además de que sigue pendiente la implementación del Banco Estatal de Datos e Información Sobre Casos de Violencia Contra Mujeres, previsto en el marco legal local desde 2009.[10]

Finalmente, en relación a desaparición de niñas, adolescentes y mujeres, señaló la falta de medidas y disposiciones diferenciadas para casos de desapariciones de mujeres en la Ley en Materia de Desaparición de Personas para el Estado de Oaxaca,[11] así como la falta de instalación de la Fiscalía Especializada y la Comisión Estatal de Búsqueda. Expresó también su preocupación por el enfoque que ha dado la FGEO – a través de la Unidad de Búsqueda de Personas No Localizadas (DNOL) – a casos de desaparición de niñas, adolescentes y mujeres mismos que en su mayoría califica como casos de personas “no localizadas” o “extraviadas” más no “desaparecidas”. Esta lógica es particularmente peligrosa al dejar a las niñas, adolescentes y mujeres en situación de alta vulnerabilidad dado que la DNOL no inicia carpeta de investigación y únicamente registra un “reporte” de no localización sin que se tenga ningún dato adicional sobre la situación de las mujeres.

Finalmente, la organización formuló una serie de recomendaciones enfocadas en:

  1. La asignación transparente y suficiente de presupuesto para política pública de género, así como el establecimiento de sistemas de rendición de cuentas con indicadores precisos y medibles para evaluar la política pública y la implementación de la AVGM.  
  2. El inmediato nombramiento de titulares de la Comisión Estatal de Atención a Víctimas, Fiscalía Especializada de Personas Desaparecidas y Comisión Estatal de Búsqueda.
  3. La evaluación sistemática y el castigo a funcionarias/os que realicen investigaciones negligentes en casos de feminicidio, así como la desaparición de la DNOL y garantías para la no revictimización, investigación exhaustiva y búsqueda sistemática de todas las niñas, adolescentes y mujeres desaparecidas.

[1] Comité para la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW). Observaciones Finales sobre le noveno informe periódico de México, CEDAW, 31 de julio 2018.  Recomendaciones c, d, e, h del párrafo 24. Disponible para la consulta en: http://hchr.org.mx/images/doc_pub/N1823803.pdf

[2]  Decreto 884 del Congreso del Estado de Oaxaca. Presupuesto de Egresos del Estado de Oaxaca para el Ejercicio Fiscal 2020. Consulta en: http://docs64.congresooaxaca.gob.mx/documents/legislacion_estatals/Presupuesto+de+Egresos+del+Estado+de+Oaxaca+(Txt+orig+dto+884+aprob+LXIV+Legislatura+10+dic+2019+PO+Extra+24+dic+2019).pdf  

[3] Presupuesto total y para igualdad de género detallados en Decreto 884 del Congreso del Estado de Oaxaca. Presupuesto de Egresos del Estado de Oaxaca para el Ejercicio Fiscal 2020. pp.12, 13 y 21. Consulta en: http://docs64.congresooaxaca.gob.mx/documents/legislacion_estatals/Presupuesto+de+Egresos+del+Estado+de+Oaxaca+(Txt+orig+dto+884+aprob+LXIV+Legislatura+10+dic+2019+PO+Extra+24+dic+2019).pdf   y en Anexo 5 del Decreto 884 de Presupuesto de Egresos del Estado de Oaxaca para el Ejercicio Fiscal 2020. p.760-766. Consulta en: https://docs64.congresooaxaca.gob.mx/documents/decrets/ADLXIV_0884.pdf

[4] Tribunal Superior de Justicia: Programa 131; Fiscalía General del Estado de Oaxaca: Programa 162; Secretaría General de Gobierno: Programa 102; Secretaría de Seguridad Pública de Oaxaca: Programas 114, 120 y 121. Consulta en el. Anexo 1 del Decreto 884 de Presupuesto de Egresos del Estado de Oaxaca para el Ejercicio Fiscal 2020. Consulta en: https://docs64.congresooaxaca.gob.mx/documents/decrets/ADLXIV_0884.pdf

[5] Solicitud de información registrada con folio 00808820.

[6] Ley de Víctimas de Oaxaca, articulo quinto transitorio. Consulta en: http://docs64.congresooaxaca.gob.mx/documents/legislacion_estatals/Ley_de_V%C3%ADctimas_del_Estado_de_Oaxaca_(Ref_Dto_1631_aprob_LXIII_Legis_25_sep_2018_PO_45_8a_secc_10_nov_2018).pdf

[7] Los puntos 3 y 4 del cuarto resolutivo de la Declaratoria de AVGM abordan órdenes de protección. Información detallada en la resolución de la Secretaría de Gobernación respeto a la solicitud AVGM/04/2017 de Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres en el Estado de Oaxaca. 30 de agosto 2018. Consulta en: https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/485359/Resolucion_AVGM_Oaxaca.pdf

[8] 124 averiguaciones o carpetas de octubre 2012 a agosto 2020; información obtenida en respuesta a las solicitudes de información registradas con los números de folio 00800220 y 00800520.

[9] 775 casos de octubre 2012 a agosto 2020. Información sistematizada a partir de la Plataforma Femincidio Oaxaca disponible para la consulta en: https://violenciafeminicida.consorciooaxaca.org.mx/y de otros informes de sistematización de casos,  disponibles para la consulta en: https://consorciooaxaca.org/wp-content/uploads/2017/04/5.-%C2%A1Justicia-Ya-Feminicidio-y-Violencia-Contra-las-Mujeres-en-Oaxaca-A-Dos-An%CC%83os-del-Gobierno-de-la-Alternancia.pdf y https://consorciooaxaca.org/wp-content/uploads/2016/11/informeweb2.pdf

[10] Ley Estatal de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. Disponible para consulta en: http://docs64.congresooaxaca.gob.mx/documents/legislacion_estatals/Ley+Estatal+de+Acceso+de+las+Mujeres+a+una+vida+libre+de+violencia+de+Genero+(Ref+Dto+1510+LXIV+Legis+aprob+28+may+2020+PO+22+4a+Secc+30+may+2020).pdf

[11] Ley en materia de desaparición de personas para el Estado de Oaxaca. Consulta en: https://docs64.congresooaxaca.gob.mx/documents/decrets/DLXIV_0785.pdf

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