- La familia solicita la intervención de la Claudia Sheimbaun, Presidenta de México, para romper la cadena de omisiones y garantizar acceso efectivo a la justicia.
- Exigimos el cumplimiento inmediato e integral de la Recomendación 188/2024 de la CNDH
Han transcurrido cuatro años desde que Flor Abigail Hay Urrutia, joven madre de 30 años, fue detenida por elementos de la Policía Municipal de Salina Cruz y llevada a los separos municipales. Horas después, el 19 de agosto de 2022, fue hallada sin vida cuando se encontraba bajo la custodia y responsabilidad absoluta del Estado.
Desde entonces, su padre, José Luis Hay y Hay, y su familia, acompañados por Consorcio para el Diálogo Parlamentario y la Equidad Oaxaca A.C., han sostenido una lucha incansable contra la impunidad, la negligencia institucional, la burocracia y las distintas formas de violencia que pretenden negar, minimizar o dejar sin sanción a las personas responsables de lo ocurrido.
La familia sostiene con firmeza “Abigail no se suicidó, Abigail fue asesinada mientras se encontraba bajo custodia de la Policía Municipal de Salina Cruz”.
El Estado conocía la violencia y no protegió a Abigail, fue detenida en un contexto relacionado con la violencia ejercida por su pareja. En lugar de reconocerla como una mujer que requería protección, atención especializada y acceso inmediato a servicios de salud, fue criminalizada, privada de la libertad y abandonada en una celda.
La Comisión Nacional de los Derechos Humanos confirmó graves violaciones a sus derechos. En la Recomendación 188/2024, dirigida a la Fiscalía General del Estado de Oaxaca y a la Presidencia Municipal de Salina Cruz, acreditó violaciones a la seguridad jurídica, a una vida libre de violencia, a la integridad personal, a la vida y a la seguridad personal; también documentó la omisión de canalizarla oportunamente a servicios especializados de salud y el daño ocasionado al proyecto de vida de siete víctimas indirectas, incluidos sus hijos.
Estado actual de los procesos:
1. Guarda y custodia del niño K.F.E.H.
Actualmente la guarda y custodia provisional del niño se encuentra a cargo de su tía, Margarita Hay, con quien vive en la ciudad de Puebla desde marzo de 2023.
Continúa pendiente la resolución definitiva sobre la guarda y custodia. El Juzgado Segundo Familiar de Salina Cruz se declaró incompetente para continuar conociendo el juicio y el expediente fue remitido a Puebla en noviembre de 2025, en donde un juzgado en materia familiar será quien resuelva.
2. Causa penal 422/2022: Violencia Familiar
Kleiver Nazario Espinosa Hernández fue sentenciado a 13 años y 6 meses de prisión por violencia familiar. La familia se encuentra en espera de la resolución del recurso de revisión.
3. Causa penal 320/2022: Deber de cuidado en la comandancia
Esta causa involucró al juez calificador Joel Alberto Luis Velázquez y al comisario Rafael Ramírez Vázquez, quienes tenían responsabilidad en el cuidado de Abigail dentro de la comandancia municipal. Ambos recuperaron su libertad después de que, con acuerdo de la familia, se cubrió la reparación prevista legalmente, frente a una clasificación penal que implicaba una sanción mínima.
Esto no agota la verdad ni las responsabilidades institucionales por la muerte de Abigail…
4. Causa penal 490/2024: Policías que participaron en la Detención y traslado
Esta causa se refiere a los elementos, hombres y mujeres, que participaron en la detención de Abigail y en su traslado a la cárcel municipal. La familia denuncia que existen videos en los que se observan agresiones contra Abigail y sostiene que cuatro policías mujeres la golpearon antes de su muerte. También rechaza por inverosímil la versión de que se habría privado de la vida utilizando sus prendas íntimas en el cerrojo de una celda de menos de 1.20 metros de altura.
Pese al contenido de los videos señalado por la familia, el juez Omar Morales no vinculó a proceso a los elementos policiales. La apelación confirmó esa decisión y la conducta fue reducida a un supuesto incumplimiento de funciones públicas, por lo que quedaron en libertad.
La agente del Ministerio Público María de los Ángeles informó que promovería un amparo. Posteriormente fue separada de la Fiscalía y, según se comunicó a la familia, el recurso quedaría a cargo de la institución. Sin embargo, la Fiscalía no presentó el amparo dentro del plazo correspondiente. Tiempo después, la familia conoció que la carpeta había quedado cerrada y que los policías permanecían libres.
La omisión de interponer oportunamente el recurso debe ser investigada. La familia exige determinar las responsabilidades administrativas y, en su caso, penales de las personas servidoras públicas de la Fiscalía que dejaron vencer la posibilidad de impugnar, así como revisar la actuación del juez Omar Morales.
5. Incumplimiento de la Recomendación 188/2024 de la CNDH
La Recomendación 188/2024 fue dirigida a la Fiscalía General del Estado de Oaxaca y al Ayuntamiento de Salina Cruz, entonces encabezado por Daniel Méndez. La CNDH ordenó medidas de reparación integral por las violaciones cometidas contra Abigail y por las afectaciones ocasionadas a sus familiares.
Las autoridades han hecho caso omiso. A pesar de los requerimientos posteriores de cumplimiento, no existe una reparación integral, diferenciada y transformadora; tampoco se han garantizado plenamente medidas de rehabilitación, satisfacción, compensación y no repetición. Una recomendación aceptada no se cumple con oficios, reuniones o promesas: se cumple con resultados verificables, presupuesto, plazos y participación efectiva de las víctimas.
Este 19 de agosto de agosto del 2026 se cumplen cuatro años de violencia institucional. Las consecuencias de esta cadena de violencias son irreparables. La familia vive con el dolor de la ausencia de Abigail y, al mismo tiempo, enfrenta procesos judiciales, viajes, gastos, incertidumbre, hostigamiento y desgaste.
La burocracia también es violencia. La dilación injustificada genera impunidad. La falta de reparación prolonga el daño. Ninguna institución puede alegar trámites internos para justificar cuatro años sin justicia.
Exigencias de la familia y de Consorcio Oaxaca
A la Fiscalía General del Estado de Oaxaca: investigar la omisión de presentar el amparo en la causa penal 490/2024; determinar responsabilidades; explorar todas las vías legales disponibles para evitar que el caso quede impune; y garantizar una investigación exhaustiva, independiente y con perspectiva de género.
Al Poder Judicial del Estado de Oaxaca: revisar, dentro de las vías legalmente procedentes, las decisiones que impidieron procesar a los policías involucrados, y garantizar que ninguna resolución reproduzca estereotipos de género ni minimice la muerte de una mujer bajo custodia estatal.
A las autoridades familiares de Puebla y Oaxaca: resolver sin más demora la guarda y custodia definitiva de K.F.E.H., colocar en el centro su interés superior y evitar traslados periódicos que afecten su salud y bienestar.
Al Ayuntamiento de Salina Cruz y a la Fiscalía de Oaxaca: cumplir inmediatamente y en su totalidad la Recomendación 188/2024, mediante un plan concertado con la familia, con calendario, presupuesto, responsables e indicadores públicos de cumplimiento.
A la CNDH: fortalecer el seguimiento de su Recomendación, transparentar el grado de cumplimiento de cada punto y no aceptar acciones administrativas o simulaciones como reparación integral y fincar responsabilidades de su funcionariado al no dar seguimiento a la misma.
A la presidenta Claudia Sheinbaum Pardo: conceder una audiencia directa a José Luis Hay y Hay. La familia solicita su intervención para romper la cadena de omisiones y garantizar acceso efectivo a la justicia.
A cuatro años, reiteramos: no dejaremos de nombrarla; no permitiremos que el Estado cierre el caso mediante negligencias o simulaciones; no aceptaremos impunidad ni una reparación fragmentada.
Oaxaca, Oaxaca a 19 de agosto del 2026
JOSÉ LUIS HAY HAY
Padre de Abigail Hay Urrutia
CONSORCIO PARA EL DIÁLOGO PARLAMENTARIO Y LA EQUIDAD OAXACA A.C.

