A quienes integran el Tribunal Estatal Electoral de Oaxaca, A las magistradas y magistrados del Tribunal Federal Electoral, Al Instituto Estatal Electoral, A los medios de comunicación, A las organizaciones civiles, A la sociedad en general:
Las abajo firmantes hacemos este exhorto a las autoridades electorales del estado de Oaxaca para que garanticen el respeto a los derechos políticos de las mujeres indígenas y sus pueblos, dadas las reiteradas situaciones de desigualdad y discriminación que hoy pretenden repetirse en el municipio de San Juan Lalana, del distrito de Choapam. La C. Evic Julián Estrada fue nombrada Presidenta Municipal en Asamblea General Comunitaria el 26 de diciembre del 2010 y tres días después el Instituto Estatal Electoral valido dicho nombramiento al otorgarle la respectiva constancia de mayoría, lo que le permitió tomar protesta de su cargo el sábado 1 de enero del 2011.
En dicho acto, y por primera vez, este Municipio entrega a una mujer el bastón de mando, símbolo que representa la autoridad que por mandato de la Asamblea se deposita en quien por su desempeño honesto y responsable merece representar a la comunidad. Sin embargo el dos de enero de 2011, de manera extra-oficial, la C. Evic Julián Estrada se entera de que el Tribunal Estatal Electoral, en menos de veinticuatro horas, revocó el nombramiento, ordenando al Instituto Estatal Electoral agotara la etapa conciliatoria, lo
cual no es procedente ya que ésta concluyó el 15 de diciembre de 2010, tal y como se asienta en la minuta respectiva.
Con base en lo ordenado por el TEE, el IEEO en sesión especial de fecha 21 de enero de 2011, emite un nuevo Acuerdo en el que se califica y declara legalmente válida la Asamblea General Comunitaria del 26 de diciembre de 2010 expidiendo una segunda Constancia de Mayoría. Pese a ello, el 30 de enero la Sala de Xalapa, Veracruz, revoca nuevamente dicha elección y ordena que se reponga el proceso, bajo el argumento de que las actas de Asamblea no estaban pormenorizadas ni circunstanciadas debidamente, sin considerar que se trata de comunidades indígenas, basadas en el sistema de Usos y
Costumbres, donde impera el respeto a la palabra y la decisión de la Asamblea queda en la memoria colectiva.
Con fecha 17 de abril se lleva a cabo una nueva elección mediante nueve Asambleas Generales Comunitarias, en donde Celestino Pérez Cardoza, en contubernio con el Administrador designado el Congreso Local, personajes vinculados a diversos partidos políticos y varios agentes municipales, amenazando a la ciudadanía, obtiene un triunfo basado en irregularidades, tales como: la violación al principio de libertad del voto; incumplimiento de requisitos de una Asamblea General Comunitaria (falta de autoridad legal que instale las Asambleas, verificación del quórum, nombramiento de la mesa de
los debates); además de no satisfacer las bases establecidas en la Convocatoria donde establece que debía estar un Notario Público para dar fe de la instalación, desarrollo y clausura de cada una de las Asambleas, además de que no se perforaron las credenciales.
A pesar de todo lo anterior, los nuevos consejeros del IEEO validan a favor de Celestino Pérez Cardoza, contra lo cual, la C. Evic Julián Estrada presenta ante el TEEO el 2 de mayo de 2011 un recurso de inconformidad que hasta la fecha no ha sido resuelto, lo que genera un ambiente de incertidumbre y tensión en la comunidad. A diferencia de la prontitud con la que se actuó para las indebidas revocaciones que afectan la voluntad de la comunidad, la tardanza del TEEO se convierte en un agravio más por omisión, toda vez que el Artículo 17 Constitucional consagra que la justicia debe ser pronta y expedita.
Hacemos un atento llamado al TEEO para que resuelva con apego a la ley y el debido proceso establecido en tratados y convenios internacionales ratificados por el Estado Mexicano, tales como el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, la Convención para la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW), el Convenio 169 de la OIT y la Convención Americana de Derechos Humanos, respetando la autonomía de los Pueblos Indígenas establecida en el Artículo 2º de nuestra Carta Magna y en el Artículo 16 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca.
Cómo se puede entender que ahora, cuando los pueblos están emprendiendo un camino hacia la igualdad, sean las instituciones gubernamentales, los órganos electorales los que estén obstaculizando este avance. Queremos recalcar que de los 418 municipios regidos por el sistema de Usos y Costumbres en esta entidad, 2 ya son gobernados por una mujer, lo que representa el 0.48% de ese total, y que, en general en el estado hay 15 Presidentas Municipales, es decir el 2.6% del total de estos cargos, lo cual muestra una enorme brecha de desigualdad frente al hecho de que la población femenina en Oaxaca es el 54% de la población mayor de 20 años. El caso de Evic Julián Estrada no es un caso aislado, ya que aunado a todo lo anterior, durante este 2011 tenemos conocimiento de diversos casos de
discriminación sistemática hacia mujeres que contendieron u ocupan un cargo municipal, tales como Telma Chávez Chontenco, Antonia Guzmán Jarquín, Soledad Blas Mateo y Evitelia Pacheco Ramírez. La vigilancia y el cumplimiento de la ley en materia electoral y de género es una premisa insoslayable si lo que se busca es avanzar en la consolidación de esa sociedad democrática a la que todas y todos aspiramos y donde el ser portadora de una diferencia no signifique discriminación y desigualdad.
Integrantes de Mujeres en Plural: Patricia Mercado; Rosario Robles; Clara Scherer; Ruth Zavaleta; María Elena Morera; Margarita Dalton; Alejandra Latapi; Mary Telma Guajardo; Angélica de la Peña; María Elena Chapa; Angélica Luna Parra; Cora Amalia Castilla; Angélica Nadurille; Claudia Alonso Pesado; Rosalinda Avila; Martha Tagle; Cristina Alcayaga; Laura Elena Herrejón; Olga Bustos; Patricia Patiño; Paz López Barajas; Patricia Bernal; Flor Zamora; Rosario Varela; Olga Haydee Flores; Blanca Olivia Peña; Silvia
Hernández; Teresa Hevia; Teresa Machado; Mónica Orozco; Cecilia Lavalle; Paulina Reyes; Andrea Foncerrada; Karla Salas; Luz Helena Orozco; Margarita Guillé; Margarita Velásquez; Norma Pérez; Leticia Santin; Laura Cerna; Lucero Saldaña; Janette Góngora; América Soto; Blanca Gamez; Alejandra Rojas; Coordinadora Nacional de Mujeres Indígenas; Alianza de Mujeres Indígenas de Centroamérica y México; Asamblea de Mujeres Indígenas de Oaxaca; Consorcio para el Diálogo Parlamentario y la Equidad-Oaxaca, AC.; CIARENA, AC; Equidad de Género, Ciudadanía, Familia y Trabajo, AC; Gener@ndo Equidad y Libertad en Colectivo A.C.